El juez rechaza la querella contra el Estado y la mujer del presidente de Afinsa

El titular del Juzgado Central de Instrucción número 1 de la Audiencia Nacional, Santiago Pedraz, rechazó este martesla admisión a trámite de la querella presentada por un grupo de afectados de Afinsa contra la mujer del presidente de la filatélica, María del Mar Fernández, y contra el Estado.

En un auto notificado este martes, Pedraz responde al emplazamiento que la defensa de los cuatro afectados hizo al magistrado la semana pasada para que se pronunciara con urgencia sobre la admisión a trámite de la querella, fechada el 27 de septiembre.

El escrito se dirigía no sólo contra los antes citados y los responsables de Afinsa (estos últimos, objeto de la querella de la Fiscalía Anticorrupción), sino también contra cinco sociedades que los afectados relacionaban con la filatélica.

Respecto a estas empresas, el juez recuerda que, conforme al principio «societas delinquere non potest» (las sociedades no pueden delinquir), la capacidad para ser parte e intervenir en el procedimiento como imputado «la ostentan sólo las personas físicas y vivas (…), por lo que no ha lugar a acceder a la petición que formulan los querellantes» contra Afinsa Bienes Tangibles, Growind Consultores, Ballester Vives y Asociados, Emilio Ballester y Asociados y Gestynsa Auditores Externos.

A diferencia de lo que sostiene el letrado de los afectados, Pedraz considera que no hay «dato objetivo ni subjetivo alguno» en la querella que permita imputar a la esposa de Juan Antonio Cano. En su escrito, los querellantes relacionaban a María del Mar Fernández con al menos tres empresas vinculadas a la filatélica, y señalaban que una de ellas, Maecaf Tres, inició sus operaciones en noviembre de 2005, cuando Anticorrupción ya seguía de cerca los pasos de Afinsa.

En este sentido, el letrado pedía al magistrado que investigara la procedencia del capital social con el que esta empresa inició su andadura.
Abogado del Estado

En cuanto a la imputación del Estado, Pedraz rechaza también esta posibilidad al asegurar que «no se desprende de lo actuado hasta el momento ningún dato ni elemento incriminatorio que permita atribuir una participación del Estado por omisión o comisión en los hechos que se están investigando».

Además, el abogado del Estado, en nombre de la Hacienda Pública, ya está personado en la causa, ejerce la acusación:

«y precisamente defiende los intereses del Estado en estas actuaciones».

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