Las medidas de bloqueo de la fusión Abertis-Autostrade

(PD/Agencias).- La Comisión Europea ha llegado a la conclusión preliminar de que Italia ha violado el artículo 21 del Reglamento sobre operaciones de concentración de la UE ante la falta de autorización para la transferencia de la concesión de la autopista a la nueva entidad resultante de la fusión prevista entre Abertis y Autostrade.

Se trata de una fusión de dimensión europea que entra dentro de la competencia exclusiva de la Comisión en virtud del Reglamento sobre operaciones de concentración.

Más concretamente, la Comisión tiene dudas fundadas sobre la compatibilidad con el artículo 21 del hecho de que las autoridades italianas no hayan fijado por adelantado y de manera suficientemente clara los criterios públicos de interés invocados para la aplicación del procedimiento de autorización y su incumplimiento a la hora de adoptar una decisión de autorización para la transferencia de la concesión.

Esta ausencia de autorización fue una de las razones citadas por Abertis y Autostrade para abandonar la fusión prevista, aprobada sin condiciones por la Comisión el 22 de septiembre de 2006 (véase IP/06/1244). El pasado mes de octubre, la Comisión había expresado ya sus dudas sobre las decisiones previas de rechazo de la transferencia de la concesión (véase IP/06/1418), pero estas decisiones fueron posteriormente retiradas (véase MEMO/06/414).

La Comisión no rechaza que las autoridades nacionales puedan verificar que un concesionario sigue siendo financieramente viable y capaz de llevar a cabo sus obligaciones de inversión después de una operación de concentración. Sin embargo, el proceso nacional de autorización debería centrarse en los cambios derivados de la propia concentración, y no debería ser utilizado para obtener concesiones relativas a anteriores carencias en el marco legal o para solucionar posibles problemas futuros consecuencia de las disposiciones de una concesión existente (véase MEMO/07/1).

Por ejemplo, la Comisión considera preliminarmente que un dividendo extraordinario de Autostrade de 2.000 millones de euros previsto como condición para la fusión, no pondría en peligro la viabilidad financiera de la concesión y de las inversiones relacionadas con la misma porque Abertis aporta otros activos y fondos a la entidad fusionada, de modo que la perspectiva financiera de la entidad fusionada sería a medio plazo, como mínimo, tan favorable como la de una Autostrade no fusionada.
Tras un análisis en profundidad de la actuación de las autoridades italianas en el marco del procedimiento de autorización, la Comisión ha llegado a la conclusión preliminar de que:

• el hecho de que las autoridades italianas no hayan fijado por adelantado y de manera suficientemente clara los criterios públicos de interés invocados para el procedimiento de autorización y no hayan adoptado una decisión de autorización tras la petición presentada por Autostrade y ASPI, constituyen medidas estatales de conformidad con el artículo 21 del Reglamento sobre operaciones de concentración, lo que contribuyó de facto al bloqueo o, en cualquier caso, comprometió seriamente el proceso de concentración de dimensión comunitaria;
• al ejecutar tales medidas sin previa notificación y sin contar con la aprobación de la Comisión, las autoridades italianas violaron las obligaciones de notificación y de abstenerse de aplicar su legislación nacional previstas en el artículo 21 del Reglamento sobre operaciones de concentración;
• las medidas en cuestión son incompatibles con el principio de seguridad jurídica y parecen, sobre la base de la información disponible en el momento actual, ocasionar una restricción injustificada de la libre circulación de capitales y de la libertad de establecimiento (artículos 43 y 56 del Tratado CE).

Se ha invitado a las autoridades italianas a que expresen sus puntos de vista sobre la evaluación preliminar de la Comisión en un plazo de quince días laborables. Si se confirmara su evaluación preliminar, la Comisión podría adoptar una decisión en la que se declare que Italia ha violado el artículo 21 del Reglamento sobre operaciones de concentración.

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