La Dirección General de Seguros propone que se puedan rescatar los planes de pensiones cuando se deje de cobrar el paro

(PD).- La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), dependiente del Ministerio de Economía, acordó hoy que los parados podrán recuperar su plan de pensiones cuando dejen de percibir la prestación contributiva por desempleo, sin necesidad de hallarse un determinado periodo de tiempo sin trabajo.

La oposición de los sindicatos y las asociaciones de consumidores durante la Junta Consultiva celebrada hoy impidió que el organismo sacara adelante su borrador inicial de modificación del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones de 2004, que en principio contemplaba que se pudiera rescatar el plan de pensiones en todas aquellas familias con un miembro en paro durante más de seis meses.

En concreto, la DGSFP había planteado que no sólo el partícipe pudiera recuperar el dinero invertido en su plan de pensiones si se quedaba en paro, sino también si el desempleo afectaba al cónyuge o a alguno de sus ascendientes o descendientes en primer grado (padres o hijos).

No obstante, el máximo responsable de la DGSFP, Ricardo Lozano, aceptó cambiar su propuesta ante el argumento de los sindicatos y de las asociaciones de consumidores de que estas medidas apenas ayudarían a los desempleados y perjudicarían el ahorro destinado a la jubilación, unas tesis a las que se acabaron uniendo la patronal de los fondos de pensiones (INVERCO) y la aseguradora (UNESPA), según los participantes en la reunión consultados por EFE.

Tanto UGT y CCOO y asociaciones de consumidores como ADICAE señalaron que los planes de pensiones cuentan con unos ahorros gestionados de apenas 6.000 euros de media por partícipe lo que, tras pagar los impuestos correspondientes por el rescate, arrojaría una cantidad muy pequeña que, a su juicio, apenas ayudarían.

No habrá que esperar 12 meses

Tras el acuerdo adoptado hoy en la Junta Consultiva de la DGSFP, los desempleados no necesitarán encontrarse en el paro al menos 12 meses para recuperar su plan de pensiones, como establecía la normativa actual, sino que podrán cobrar las cantidades invertidas en cuanto dejen de recibir la prestación contributiva por desempleo, siempre que así se contemple expresamente en las especificaciones del plan de pensiones.

Así, un desempleado que no tenga derecho a prestación podrá rescatar de forma inmediata los ahorros que tuviera invertidos, según se aceptó hoy en la Junta Consultiva, cuyas decisiones no son vinculantes.

En cualquier caso, los asistentes a la Junta Consultiva preguntados por EFE confiaron en que Ministerio de Economía acepte los cambios ante el rechazo general encontrado a su propuesta inicial.

CONTRIBUYE CON PERIODISTA DIGITAL

QUEREMOS SEGUIR SIENDO UN MEDIO DE COMUNICACIÓN LIBRE

Buscamos personas comprometidas que nos apoyen

COLABORA

Lo más leído