1.550.000 autónomos que tributan en estimación directa, tendrán un ahorro medio en 2015 en su factura fiscal de entre 500 y 600 euros gracias a la rebaja IRPF

Ponte al día II: novedades que 2015 trae para los autónomos

El nuevo modelo de nóminas, emprendedores y financiación o tramitaciones electrónicas, entre otros asuntos que explicamos en este segunda parte de la información

Ponte al día II: novedades que 2015 trae para los autónomos
Autónomo, pyme. PD.

Seguimos explicando, en esta segunda parte de la información, las novedades que supone la reforma fiscal para los autónomos que, según estimaciones de ATA, Federación Nacional de Trabajadores autónomos, los 1.500.000 que suman estos profesionales y que tributan en estimación directa, tendrán un ahorro medio en 2015 en su factura fiscal de entre 500 y 600 euros gracias a la rebaja del IRPF.

CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES

Nuevo modelo de nóminas de los trabajadores: Desde el pasado mes de noviembre, las nóminas deben incluir una nueva sección informativa indicando lo que aporta la empresa a la Seguridad Social por la contratación del trabajador, diferenciando entre la aportación por contingencias comunes, por contingencias profesionales y por horas extras. Este modelo se deberá de ir adoptando de forma progresiva hasta el próximo 12 de mayo de 2015, cuando su implantación será obligatoria.

Ampliación de la tarifa plana de 100 euros para contratos indefinidos: que permite a empresas y autónomos que contraten de forma indefinida y mantengan el puesto de trabajo durante un mínimo de 36 meses abonar una tarifa de 100 euros por contingencias comunes a la Seguridad Social. La reducción, que en principio iba a finalizar el pasado 31 de diciembre, seguirá en vigor hasta finales del mes de marzo.

EMPRENDEDORES Y FINANCIACIÓN

Ampliación de la capitalización del desempleo: Durante los próximos meses también se prevé la entrada en vigor de la posibilidad de capitalizar el 100% de la prestación por desempleo a los mayores de 30 años. Estaremos atentos para ver si se confirma este cambio. Recordemos que, hasta el momento, esto solo es posible para los hombres menores de 30 años, las mujeres de hasta 35 y las personas con un grado de discapacidad de más del 33%.

Limitaciones al crowdunding: El importe máximo de captación de fondos por proyecto de financiación participativa a través de plataformas de crowdfunding no podrá ser superior a 1.000.000 euros en total y ningún inversor no acreditado como «inversor profesional» podrá aportar más de 3.000 euros en el mismo proyecto publicado por una misma Plataforma de Financiación Participativa ni más de 10.000 euros en un periodo de 12 meses en el conjunto de los proyectos. Los inversores acreditados no tendrán límites anuales a la inversión.

Preaviso de los bancos: Las pymes que se vean afectadas por una reducción (de al menos el 35%) o cancelación de su financiación deberán recibir por parte de las entidades un preaviso de tres meses. También podrán pedir a las entidades bancarias información sobre su posición financiera, historial de pagos, extracto, calificación crediticia y sobre su calificación crediticia.

TRAMITACIONES ELECTRÓNICAS

Sistema Cl@ve: Se trata de un nuevo sistema de general de identificación, autenticación y firma electrónica con el objetivo de unificar el acceso a los diferentes portales y sedes electrónicas de las Administraciones facilitando a los ciudadanos un acceso más fácil y sencillo con un único usuario y contraseña. El sistema cl@ve ya permite realizar la mayoría de trámites disponibles en las sedes electrónicas de Seguridad Social, Hacienda y la Dirección General de Tráfico. A lo largo de 2015 está prevista su paulatina extensión a toda la Administración general del Estado y a los Ayuntamientos y Comunidades Autónomas que se adhieran al sistema.

FACTURACIÓN Y COBROS

Facturas electrónicas para la Administración: Desde el 15 de enero de 2015 será obligatorio emitir factura electrónica a todos los organismos de la Administración Pública. Pueden quedar exentas las facturas cuyo importe sea de hasta 5.000 euros, siempre que la Administración pública pertinente así lo indique reglamentariamente. También, aquellas para las que la Administración pertinente retrase el plazo con objeto de preparar el punto telemático de presentación de facturas electrónicas.

Los autónomos societarios que desempeñen una actividad profesional remunerada para su sociedad deberán cobrar por factura y no por nómina, siempre y cuando su cotización se efectúe en el régimen de autónomos o en una mutualidad que actúe como alternativa al RETA.

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Autor

Emilio González

Emilio González, profesor de economía española, europea y mundial en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales de la Universidad Autónoma de Madrid.

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