La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) tiene previsto sancionar al 58% de las entidades que han emitido participaciones preferentes, según ha indicado este 13 de septiembre de 2012 el presidente del supervisor bursátil, Julio Segura.
A los siete expedientes ya en curso se añadirán dos en septiembre y otros dos antes de que acabe el año, con lo que 11 de las 19 entidades que emitieron en España participaciones preferentes serán sancionadas.
El presidente de la CNMV ha puntualizado que estos expedientes tienen sobre todo un efecto sobre la reputación de las entidades y que las sanciones tienen más un propósito de disciplina de mercado que de compensación a los inversores.
22.500 millones en preferentes
El presidente de la CNMV ha indicado que estas 19 entidades habían emitido entre 1999 y mayo de 2011 un total de 22.500 millones de euros en participaciones preferentes, y a las once entidades sancionadas corresponde la mitad de esa cifra.
Segura ha explicado que la legislación vigente impide cualquier limitación sobre la venta de este tipo de productos a pequeños inversores siempre y cuando cumplan con los requisitos exigidos de transparencia.
Así, ha añadido que desde algunos sectores «se ha exigido» a la CNMV que incumpla la ley, cuando lo correcto sería modificarla, bien la española o bien la comunitaria.
Por este motivo considera que el supervisor ha cumplido con sus obligaciones respecto a la transparencia y las comunicaciones a los inversores, y los problemas han surgido en la deficiente comercialización por parte de los emisores.
Responsabilidad de las entidades
Todas las emisiones de preferentes llevadas a cabo en España cumplían con los requisitos y condiciones necesarias para su puesta en circulación, por lo que los problemas han surgido por la comercialización y venta de estos productos, según Segura.
En algunos casos no se han llevado a cabo los test de conveniencia, o la autorización del inversor no es documentable, e incluso se ha dado el caso de que ha habido problemas en el cumplimiento de las órdenes.
La CNMV no tiene competencias en este sentido, ya que esa facultad legal corresponde a los tribunales de justicia.