El Consejo de Estado avala la labor de la CNMV y de Economía en la salida a Bolsa de Bankia

La Comisión Permanente del Consejo de Estado avala el trabajo que realizaron la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y el Ministerio de Economía en la salida a Bolsa de Bankia, que se llevó a cabo en julio de 2011.

«La CNMV y el Ministerio de Economía ejercieron correctamente las funciones que les correspondían en esta materia», resume el Consejo de Estado en un dictamen emitido el pasado 14 de enero, pero publicado este martes, en el que analiza el papel de ambas instituciones en relación a la Operación Pública de Suscripción de acciones (OPS) de la entidad a raíz de un expediente de reclamación de accionistas afectados.

El organismo destaca que, en este caso, «no se da el requisito de la antijuridicidad del daño» ni existe tampoco «un vínculo causal que haga directamente imputables a la CNMV y al Ministerio de Economía» de los daños patrimoniales que denuncian los reclamantes en particular «sin que quepa apreciar la omisión por parte de dichas entidades de funciones que tuvieran encomendadas en relación a la salida a Bolsa».

Respecto al papel concreto de la CNMV, el Consejo de Estado hace hincapié en que la institución «no autoriza, en ningún caso, la salida a Bolsa de una entidad, sino que verifica el cumplimiento de los requisitos que establece la Ley».

Esto, añade, tiene dos consecuencias: que la CNMV no tiene que actuar como garante público de la información contenida en el folleto ni garantizar la calidad del emisor y que el supervisor «debe limitarse a verificar que el emisor pone a disposición del público toda la información exigida por la Ley para que el inversor pueda formarse un juicio» sobre la entidad y así poder decidir si invierte o no.

INFORMACION PRO FORMA

El Consejo de Estado también aprueba que la CNMV aceptara información financiera pro forma por parte de Bankia. «Debe recordarse que el ordenamiento jurídico prevé ciertos supuestos en los que, en atención a las circunstancias presentes, la CNMV puede exonerar a la entidad que solicita la salida a Bolsa de la presentación de las cuentas anuales de los tres años anteriores a la misma y exigir, en su lugar, otra información», apunta.

El organismo insiste en que la Comisión exigió a Bankia cumplir con una serie de requisitos (folleto, acuerdos del emisor e información financiera) e inscribió la operación en sus registros. «La CNMV cumplió con la función de verificación que el ordenamiento jurídico le atribuye», apunta.

En cuanto a si el supervisor debería haber denegado la verificación del folleto, como pedían los reclamantes, el Consejo de Estado recalca que la Comisión consideró que no había motivos para entender que la admisión atentaría contra el interés de los inversores, «pues ninguno de los datos de los que disponía apuntaba en esa dirección», y cita las calificaciones crediticias y los informes de auditoría, entre otras cosas.

RESPALDA LA ACTUACION DE ECONOMIA

El Consejo de Estado también respalda la actuación del Ministerio de Economía en este caso, puesto que no existe ninguna obligación que haga que este departamento tenga que controlar o supervisar la salida a Bolsa de Bankia, «sino, únicamente, una habilitación al Ministerio para establecer ciertas normas contables y los modelos a que las entidades supervisadas, es decir, las empresas de servicios de inversión deben ajustar sus estados financieros».

Finalmente, recuerda que en el actual sistema español el Ministerio de Economía «no tiene competencia alguna en relación con la salida a Bolsa de ninguna entidad, pues el actual modelo de supervisión del mercado de valores, de acuerdo con las pautas internacionales en esta materia, trata de asegurar que los órganos o instituciones encargadas de la supervisión de dichos mercados (en el caso español, la CNMV) actúen con autonomía e independencia respecto a los órganos gubernamentales, con el fin de garantizar que el análisis supervisor se hace de acuerdo a parámetros técnicos y objetivos y se ejecutan las funciones inspectora y prudencial con la mayor neutralidad y objetividad».

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