La Audiencia Nacional cuestiona la constitucionalidad de la ley aragonesa de Unidad de Mercado

La Audiencia Nacional ha planteado al Tribunal Constitucional una cuestión de inconstitucionalidad sobre la Ley de Garantía de Unidad de Mercado de Aragón y, en concreto, sobre su exigencia de que las empresas cuenten con locales físicos en la región para poder acogerse a subvenciones para la formación.

La Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional plantea esta cuestión antes de resolver el recurso de la Abogacía del Estado contra una orden de la Consejería de Economía de Aragón por la que se aprueba la convocatoria para conceder subvenciones públicas destinadas a planes de formación de empleados en esta región.

En concreto, Aragón exigía, entre otros requisitos, que las empresas solicitantes tuvieran locales establecidos en su territorio. Esta exigencia fue calificada como «proporcionada y razonable», ya que para impartir la formación es necesario, incluso en los casos de educación a distancia, contar con locales en el territorio.

La Abogacía del Estado recurrió la orden de la Consejería al entender que exigir centros físicos en la comunidad autónoma limita la libertad de establecimiento y de circulación.

El auto de la Audiencia Nacional considera que la Ley de Unidad de Mercado, más que una trasposición del Derecho europeo, constituye una profundización de sus principios, más allá de lo exigible, y que provoca un conflicto con el Estado de las Autonomías.

Los magistrados de la Audiencia Nacional consideran que no pueden pronunciarse sobre el fondo del recurso hasta dilucidar la presente duda de constitucionalidad.

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