El Consejo del Notariado señala que los honorarios de los notarios están establecidos por Ley

El Consejo General del Notariado ha afirmado este lunes que los notarios están cobrando «los honorarios que legalmente les corresponde» por las escrituras públicas de cancelación de préstamos y créditos hipotecarios.

El pasado 1 de diciembre, la asociación de consumidores OCU inició una campaña para recuperar parte de los gastos de notario y registro en la cancelación, novación y subrogación hipotecarias. Según sus cálculos, los gastos de formalización de hipotecas supusieron un desembolso de 450 millones de euros para los consumidores durante 2015.

El Consejo General del Notariado explica que los honorarios que cobran los notarios fueron regulados por el Real Decreto Ley 18/2012, de 11 de mayo, y la posterior Ley 8/2012, de 30 de octubre.

También indica que la Dirección General de los Registros y del Notario, en su condición de superior jerárquico de los notarios, así como de los colegios notariales, aprobó una instrucción el 31 de mayo de 2012 para la aplicación uniforme de la norma. «Tal instrucción es de obligado cumplimiento para todos los notarios y colegios notariales», advierte.

En este punto, subraya que tanto estas leyes como la instrucción destacan que «para determinar los honorarios notariales de las escrituras públicas de novación, subrogación o cancelación de préstamos y créditos hipotecarios se aplicará, por todos los conceptos, el número 2.2. f del arancel de los notarios, tomando como base el capital inscrito o garantizado, reducido en todo caso al 70% y con un mínimo de 90 euros».

No obstante, el Consejo apunta que si algún ciudadano cree que el notario le ha cobrado una cantidad superior a la que le correspondía, puede acudir a una revisión ante su propio notario o ante el colegio notarial de su comunidad autónoma.

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