El juez pide al Banco de España el acta de la reunión sobre el encaje contable de las cajas en BFA

El magistrado de la Audiencia Nacional, Fernando Andreu, ha solicitado al Banco de España que aporte la totalidad de la documentación relativa al acta de la reunión en la que se autorizó el encaje contable de la fusión de cajas que dieron lugar al Banco Financiero y de Ahorros (BFA) y que permitieron, según las acusaciones, no reflejar en la cuenta de resultados las pérdidas de las mismas.

En una providencia con fecha del 11 de enero a la que ha tenido acceso Europa Press, el magistrado que instruye la causa ‘Bankia’ ha solicitado al regulador copia del acta de la reunión celebrada el 29 de diciembre de 2010 así como el informe jurídico de la misma amparándose en la petición de la Confederación Intersindical de Crédito (CIC) que advirtió al juez de que no se había entregado la documentación completa sobre fusión de las cajas.

Estos informes justificaron la carta remitida a Caja Madrid ese mismo día autorizando a dicha entidad y a las restantes cajas de ahorro cuya unión dio lugar a BFA el cargo contra reservas de todos los deterioros existentes al cierre del ejercicio 2010, y daba respuesta a la consulta de Caja Madrid sobre la interpretación de determinadas disposiciones.

La CIC expuso en su solicitud al tribunal que los peritos judiciales consideraron como una «anomalía contable» esta «maniobra» que precisa que de este modo se consumió el 50,6 por ciento del patrimonio conjunto de las cajas contabilizado hasta 2009, 15.046 millones de euros en total.

Según precisó la acusación en el escrito, el supervisor bancario no aportó la copia del acta de la citada reunión, sino «un certificado parcial de la misma» que incluye el texto literal del acuerdo, pero que omite indicar los asistentes a dicha reunión, la propuesta que se sometió a votación, el resumen del debate suscitado y el sentido de la votación de cada uno de sus miembros, tal y como ha de reflejar el acta de la referida sesión de la Comisión Ejecutiva.

Tampoco consta en el expediente remitido informe jurídico de ningún tipo, tal y como recoge el artículo 9 del Reglamento Interno del Banco de España (RIBE), aprobado en virtud de la Resolución de 28 de marzo de 2000 del Consejo de Gobierno del Banco de España, publicado en el BOE del 6 de abril del referido año.

RESPETO A LA NORMATIVA El Banco de España, por su parte, defendió que el proceso seguido por las siete cajas de ahorros que se fusionaron en 2010 para formar Bankia se ajustó a lo establecido en la normativa del propio supervisor y por tanto se aplicaron «rigurosamente» los procedimientos internos en la operativa.

El supervisor expuso que el documento relativo a la reunión de diciembre de 2010 pone de manifiesto que mientras la creación de un SIP (Sistema Institucional de Protección) cuenta con un tratamiento contable definido en lo que respecta a la elaboración de las cuentas anuales consolidadas de la nueva entidad -en referencia a la matriz de Bankia, BFA-, no ocurría lo mismo en las cuentas anuales individuales de las siete cajas fusionadas, al no estar recogida esta cuestión en la norma contable de aplicación a las cajas.

(EUROPA PRESS)

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