Las aseguradoras tendrán que publicar cada año un informe sobre su situación financiera y de solvencia

Las aseguradoras, reaseguradoras y grupos de entidades que realicen estas actividades tendrán que publicar con carácter anual un informe sobre su situación financiera y de solvencia, cuyo contenido será revisado por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

El objetivo es que las entidades suministren información «coherente, comparable y de alta calidad a todos los interesados en su situación». Para garantizar que esta información es fiable y de calidad se llevará a cabo una revisión externa independiente, según consta en la circular que publica este lunes el Boletín Oficial del Estado (BOE).

A falta de una norma técnica específica para realizar la revisión, la Dirección General de Seguros desarrollará mediante circular los modelos de informe, las guías de actuación y la periodicidad del alcance de las revisiones a realizar a partir de este ejercicio.

Como mínimo, este documento deberá aportar una valoración a efectos de solvencia e información sobre la gestión de capital y el mantenimiento de los requisitos de cada entidad.

EXPERIENCIA E INDEPENDENCIA

Este informe especial de revisión deberá ser realizado por auditores de cuentas y por actuarios de seguros. Cada uno de los actuarios deberá acreditar una experiencia profesional de al menos cinco años, «que deberá ser acorde con la naturaleza, el volumen y complejidad» de los riesgos relacionados con la actividad de la aseguradora, y deberá acreditar «la oportuna experiencia en relación con las normas profesionales y de otra índole aplicables».

En el caso de que la revisión la lleven a cabo sociedades de actuarios, los requisitos de experiencia profesional deberán ser acreditados por cada uno de los socios profesionales de la sociedad de actuarios que firmen el informe.

La circular hace hincapié en que tanto los auditores de cuentas, como las sociedades de auditoría, los actuarios y las sociedades de actuarios deberán ser independientes de las aseguradoras, «debiendo abstenerse de actuar cuando su independencia (…) se vea comprometida».

También apunta que los auditores conservarán y custodiarán durante el plazo de cinco años a contar desde a fecha del informe de revisión, la documentación referente a cada una de ella.

CONTRIBUYE CON PERIODISTA DIGITAL

QUEREMOS SEGUIR SIENDO UN MEDIO DE COMUNICACIÓN LIBRE

Buscamos personas comprometidas que nos apoyen

COLABORA

Lo más leído