24.000 conductores se han quedado sin carnet desde la entrada en vigor del carnet con puntos

(PD).- Un total de 24.000 conductores han perdido su permiso de conducir como consecuencia de la pérdida de la totalidad de sus puntos desde la entrada en vigor del permiso por puntos en julio del 2006, según ha informado hoy la Dirección General de Tráfico (DGT).

Más de 7.000 personas han perdido su carnet en cuatro meses, desde que el pasado 26 de junio el ministro de Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, afirmara en el Congreso que la DGT había retirado el carnet a 7.162 conductores y se encontraba en trámites de quitárselo a otros 9.500.

Curso de reeducación y sensibilización

Además de estas 24.000 personas, 320.000 más han recibido una nota informativa en la que se les comunica que llevan perdidos la mitad de sus puntos. Como recuerda la DGT, los conductores que hayan perdido su licencia no podrán recuperarla antes de seis meses, excepto en el caso de los conductores profesionales para los que el tiempo de espera es menor (de tres meses).

Asimismo, los conductores que quieran recuperar su carnet deberán realizar un curso de reeducación y sensibilización, cuyo coste es de 320 euros, y superar un examen sobre las materias del curso en la correspondiente jefatura provincial de Tráfico. Una vez superado el examen, el conductor recuperará el permiso con un saldo de 8 puntos.

Delito contra la seguridad vial

El pasado sábado, agentes de la Guardia Civil de Tráfico detuvieron en el kilómetro 39,400 de la carretera A-4 (Madrid-Cádiz) a un conductor que circulaba con su vehículo sin tener vigente el carnet de conducir por haber perdido la totalidad de los puntos.

Los agentes procedieron a parar la furgoneta por tener la carga mal señalizada. En ese momento, comprobaron que el conductor no disponía de carnet desde agosto, al haber perdido todos los puntos.

Al conductor, que fue puesto a disposición judicial, se le ha imputado un delito contra la seguridad vial que conlleva una pena de prisión de tres a seis meses o multa de doce a veinticuatro meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, según se recoge en el artículo 384 del Código Penal.

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