Los juristas coinciden en lo excesivo de las sanciones y les auguran poco recorrido en los tribunales

Las multas por saltarse el confinamiento serán papel mojado si la gente va a los tribunales

Hay un esfuerzo por practicar detenciones para después venderlas a la opinión pública en las cuentas oficiales de Policía y Guardia Civil, y esas sanciones a granel, muchas veces descaradamente arbitrarias, tienen difícil encaje legal

Las multas por saltarse el confinamiento serán papel mojado si la gente va a los tribunales

En un Estado de Derecho y España todavía lo es a pesar del ‘Ministerio de la Verdad’ que intentan montar el socialista Sánchez y sus ministros, la Policía -nacional, autonómica o local- sólo puede sancionar o prohibir aquello que la Ley sanciona o prohibe.

Con eso tan elemental bastará para convertir en papel mojado la mayor parte de las desproporcionadas multas que se han impuesto por saltarse el confinamiento.

Cada día, tras un atril en La Moncloa, los representantes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado dan cuenta de las personas que se han saltado el confinamiento para romper la extraña calma que ahora coloniza las calles.

La cifra no deja de engordar mientras los portavoces insisten en el buen comportamiento generalizado de los ciudadanos y sacan pecho frente a las cámaras.

Pero más de cuarenta días después de esta nueva rutina, empiezan a crecer las dudas sobre actuaciones excesivas, arbitrarias en muchos casos y de difícil encaje legal.

Como explica Miriam Ruiz Castro en ‘El Periódico’ este 27 de abril de 2020, un día después de que entrara en vigor el estado de alarma, Interior emitió una orden que remite al Código Penal para posibles delitos y al artículo 36.6 de la Ley de Seguridad Ciudadana para sancionar los comportamientos que no sean delictivos. Una norma que el PSOE recurrió al Constitucional y de la que precisamente criticaba, entre otras cosas, las “multas desproporcionadas” que incluía.

Desde el 14 de marzo ya se acumulan 759.290 propuestas de multa.

En todo 2018, último año en que se han publicado los datos, las sanciones por infracciones relacionadas con la conocida como ‘ley mordaza’ alcanzaron las 249.665.

Si se tienen en cuenta solo las relacionadas con el artículo 36.6, fueron 13.413. El Defensor del Pueblo habla de “importantes cifras” y ha solicitado a Interior información para comprobar si se está actuando de forma “correcta y proporcional”.

Inseguridad jurídica

“Es un número excesivo, porque hay bastante inseguridad jurídica sobre lo que se puede y no se puede hacer. La casuística de sancionados es enorme”, señala Alberto González, de AGM abogados.

En ello coinciden todos los expertos consultados. El abogado cree que el texto del decreto “deja un margen absolutamente discrecional para decidir qué es lo que se puede sancionar o no”, lo que provoca una “inseguridad patente”.

Un mes después de la entrada en vigor del estado de alarma, Interior se vio obligado a enviar una guía a las delegaciones del Gobierno para unificar criterios sobre cómo elaborar las propuestas de sanción. Desde el colectivo ‘Defender a quien defiende’, que incluye a numerosas oenegés pro derechos humanos, critican que se sanciona a las personas directamente por un desplazamiento no autorizado.

“Se está haciendo una interpretación de la norma que no están en el decreto”, sostiene el abogado penalista José María De Pablo, del bufete Mas Calvet. “En el decreto se prohíbe circular por las vías públicas, pero las zonas comunes de la comunidad de vecinos no lo son, así que esas sanciones yo entiendo que son nulas”.

De Pablo menciona también el caso de ceremonias religiosas disueltas, como la del viernes santo en Granada, pese a que el real decreto las permite bajo algunos requisitos.

Los tres juristas coinciden en poner como ejemplo los supermercados. El decreto no dice que haya que acudir al más cercano, puesto que éste puede ser también el más caro o no tener los productos que queremos. Hubo alguna provincia en la que se multó a ciudadanos por compras que los agentes no consideraban de primera necesidad.

Denuncias que no prosperarán

“La denuncia va a depender mucho de la interpretación del agente que te toque, porque el decreto no recoge los supuestos específicos”, sostiene Inmaculada López, colaboradora de ATD Abogados. “El 90% no va a prosperar, y es una opinión mayoritaria entre mis compañeros”.

Son sanciones con cuantías bastante elevadas, de 601 a 10.400 euros, por lo que es de esperar que haya bastantes recursos, y en las redes sociales ya se están moviendo modelos para hacer alegaciones. Aunque no todo el mundo tiene ni los conocimientos ni las ganas de enfrentarse a la administración, e incluso habrá quien prefiera beneficiarse de las reducciones que supone pagar pronto y sin reclamar la sanción.

“Tengo la impresión de que esto no son las multas de tráfico y muchas serán recurridas”, dice González, que augura que muchas prescribirán.

“Dado el ingente número que se están tramitando, las delegaciones del gobierno tendrán una acumulación importante”.

Detenciones bajo sospecha

Patricia Goicoechea es abogada y vicepresidenta de Rights International Spain. Para ella, no solo son “preocupantes” las sanciones, sino también las detenciones vinculadas al confinamiento, en las que hay una “aparente arbitrariedad”. Ya son 6.776 personas detenidas.

Ante las dudas de algunas delegaciones del Gobierno por las detenciones, la Abogacía del Estado cuestionó en un informe al que tuvo acceso Europa Press la tipificación de la desobediencia por el mero incumplimiento del confinamiento.

Y las primeras decisiones de los tribunales parecen darle la razón. Un juzgado de instrucción de Pontevedra dejó en libertad a un hombre porque saltarse el confinamiento no supone automáticamente cometer un delito de desobediencia, ni siquiera si se hace de forma reiterada.

A su juicio, solo puede existir este delito si se desobedece un mandato concreto dirigido a una persona determinada.

“Del que más se está abusando es el delito de desobediencia”, explica De Pablo.

“Es una aplicación extensiva de una norma sancionadora, y esto no se debe hacer”, coincide Goicoechea.

El abogado penalista explica que en muchas de las sentencias que está viendo los imputados están llegando a acuerdos de aceptar cuatro meses de prisión por hechos que no son delito. “El fiscal ofrece estos cuatro meses porque en un juicio acabaría en absolución”.

La Guardia Civil difundió en redes la detención, por un presunto delito de odio, de un hombre que publicó un vídeo en el que aseguraba que había viajado de Madrid a Torrevieja para contagiar a los vecinos.

“Hay un esfuerzo por practicar detenciones para después venderlas a la opinión pública en las cuentas oficiales de Policía y Guardia Civil, y parece que no corresponden con delitos”, sostiene De Pablo.

Para el abogado, “el delito de odio se está utilizando un poco como cajón de sastre”.

El tipo penal “exige una incitación al odio contra colectivos discriminados o desfavorecidos, y no parece que la población de Torrevieja lo sea”.

Goicoechea denuncia lo que considera “un enorme despropósito”.

“Las detenciones suponen un riesgo para la salud del propio detenido y de todos los profesionales que interactúan con él. Se le mete en el coche patrulla, en muchos casos sin mascarilla o guantes, como denuncian abogados del turno de oficio,…”, enumera.

E insiste en que se deben preservar todos sus derechos pese al estado de alarma.

Algunas oenegés están recopilando casos de abusos policiales o de actuaciones excesivas. Muchas de ellas, las han recibido a través de vídeos colgados en las redes sociales en los que también se ve a los vecinos jalear a los agentes.

“Es terriblemente alarmante. En situaciones de miedo o crisis hay una parte de la población que tiende a ver con buenos ojos la mano dura, pero se deben investigar todos los supuestos en los que se hayan podido producir vulneraciones de derechos”, apunta Goicoechea.

“Somos conscientes de que hay que estar confinados, de que hay más de 20.000 muertos y todos los haríamos incluso sin amenaza de multa, pero sí sorprende ver a los vecinos aplaudir incluso excesos de la Policía”, señala De Pablos. Para Inmaculada López, es “la impotencia del tú sí y yo no, no tanto ese celo de cumplir con las normas. Nadie pensaba que esto iba a durar tanto”.

El decreto llega al Supremo

El decreto del estado de alarma ha llegado hasta el Tribunal Supremo para que estudie si se han anulado derechos fundamentales. El abogado valenciano Curro Nicolau presentó el recurso en el que considera vulnerados los de reunión, circulación o libertad, que solo pueden prohibirse en un estado de excepción.

«No tengo ningún interés ideológico ni tengo nada en contra del Gobierno», asegura el letrado, «pero la aplicación de la ley no es la correcta».

La Sala de momento no ha entrado en el fondo del asunto ni se ha pronunciado sobre las medidas cautelarísimas que supondrían la anulación de la prohibición de circulación, pero ha dictado una providencia en la que «concede un plazo de tres días al recurrente, al fiscal y al abogado del Estado para que informen sobre la jurisdicción de la Sala para resolver sobre dicho recurso».

«El Gobierno no se ha equivocado, no ha cometido un error. Lo que ocurre es que, para declarar el estado de excepción se necesita la autorización del Congreso con un control más exhaustivo de las normas que se van estableciendo», asegura Nicolau. Está por ver cómo avanza el recurso, pero lo cierto es que ninguna organización o partido de la oposición se ha planteado lo que este jurista.

“Se han puesto querellas que iban más motivadas por temas pasionales o por hacer daño, y nosotros lo único que queremos es que se cumpla el ordenamiento jurídico”.

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