Los pasos que debemos seguir cuando recibimos una sanción con pérdida de puntos que no es nuestra

Si recibes una multa que no es tuya; ¿La tienes que pagar?

Si recibes una multa que no es tuya; ¿La tienes que pagar?

Una pregunta que muchos nos hacemos. Según el Comisariado Europeo del Automóvil (CEA), la Dirección General de Tráfico (DGT) está cometiendo importantes errores en la anotación de la pérdida de puntos, motivo por el que algunos conductores pueden recibir una pérdida de vigencia en el carné sin ser responsables de nada. Tal y como asegura el club de automovilistas, en el último año han recibido varias quejas de usuarios que han sido denunciados con pérdidas de puntos en el carné y al comprobar los datos han descubierto que respondía a un error de gestión por parte de Tráfico, según recoge ABC y comparte Vuelta Rápida GT para Periodista Digital.

Aquí va un caso concreto que ha gestionado recientemente el bufete de abogados de CEA y que explican desde Autocasión. Un conductor fue denunciado por la pérdida total de los puntos del carné de conducir y, cuando solicitó el informe de la Jefatura Provincial de Tráfico, le corroboraron que se trataba de un error administrativo. Dicha persona no había sido nunca sancionada con pérdida de puntos.

«La Jefatura Provincial de Tráfico informó de que no podían modificar el error inmediatamente ya que, el periodo para subsanar los errores puede superar los seis meses. Por lo tanto, durante ese tiempo la Guardia Civil de Tráfico puede seguir sancionando al conductor por circular sin puntos en carné de conducir», aseguran.

Con ello, CEA pretende advertir a todo aquel que reciba una sanción así sin, aparentemente, haber incurrido en algo ilegal. «Cuando un conductor recibe una notificación por pérdida de puntos del carné de conducir, debe comprobar en la Jefatura Provincial de Tráfico de su localidad el historial de puntos, ya que, en muchos casos, la acumulación de puntos está caducada o ni tan siquiera les corresponde», asesora el defensor.

Todos los pasos para recurrir una multa
Pese a que los agentes de tráfico cuentan con la presunción de veracidad (salvo los del Servicio de Estacionamiento Regulado –SER-), en muchas ocasiones el proceso sancionador no se ha efectuado de forma correcta, haciendo que la sanción no sea válida, según nos aclaran desde Pyramid Consulting.

Si quieres recurrir una multa lo primero que debes saber es el objeto de la sanción. Es decir, conocer la razón por la que has sido sancionado. Esta información podremos encontrarla en la denuncia recibida, donde veremos el delito cometido según el Código de Circulación.

Cualquier sanción administrativa que se comunique debe incluir obligatoriamente un faldón donde se informe de los recursos que se pueden interponer y del plazo que se dispone para ello. Si la denuncia recibida carece de faldón es inválida, y la Administración está en la obligación de mandarla de nuevo. En este caso, esta demora en el tiempo puede ayudarnos a que nuestra multa prescriba.

Tanto la Dirección General de Tráfico como los ayuntamientos tienen plazos para cobrar una multa. Concretamente disponen de un año para hacerlo. Pasado ese tiempo, la sanción ha prescrito y no podrá reclamar el cobro de la sanción.

Para recurrir una multa se dispone de 20 días naturales, una vez se reciba la denuncia ésta puede notificarse en el acto, ser publicada en el BOE, a través del DEV o puede ser notificada en nuestro propio domicilio.

Si por el contrario decidimos no recurrir la multa, podemos acogernos al descuento del cincuenta por ciento que se nos aplicará al total de la sanción si realizamos el pago de la misma mediante la fórmula del pronto pago.

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