La Guardia Civil le ha puesto hasta nombre: ‘el síndrome del carril izquierdo’.
Que no es otra cosa que la manía, obsesión o vicio que tienen miles de conductores españoles de circular únicamente por el carril izquierdo de la autovía.
Es un costumbre peligrosa, porque implica que cualquier otro vehículo que decida adelantar a este coche lo deberá hacer por la derecha.
En ese caso surge la duda de saber qué conductor recibe la multa: ¿el que circula por la izquierda o el que adelanta por la derecha?
Lo cierto es que en el Reglamento General de Circulación están tipificados ambos comportamientos en carretera, por lo que no existe ningún tipo de duda.
Ambos están considerados como «graves« por igual, tanto circular dejando carriles por la derecha como adelantar a un coche que marcha por el carril de la izquierda.
La norma está clara: se debe adelantar siempre por el carril que más a la izquierda se encuentre.
En el supuesto de que un vehículo circule, por ejemplo, por el vial central de una carretera de tres carriles, el adelantamiento legal debería ser dirigirse hasta el carril más a la izquierda para proceder al adelantamiento, si por el contrario se decide adelantar por la derecha se está incurriendo en una falta que conlleva mayor pena que la establecida para el que no circula por el carril más a la derecha.
Cuándo se puede adelantar por la derecha
En este último caso, entendiendo que un conductor permanece de forma continuada y sin motivo aparente en el carril centra o izquierdo, la Guardia Civil de Tráfico impondría una sanción de 200 euros, pero sin retirada de puntos del carnet de conducir.
Esto en aplicación del Artículo 31 del Reglamento General de Circulación.
Por el contrario y si se adelanta por la derecha sin motivo aparente, la sanción está igualmente tipificada como «grave» y tiene una multa de 200 euros, pero sí se perderían cuatro puntos del carnet de conducir. Este comportamiento implica un riesgo notable en la circulación.
EXCECPCIONES
Existen tres supuestos en los que sí se puede realizar un adelantamiento por el carril de la derecha.
Se trata de tres momentos muy puntuales y sin ningún lugar a duda o entendimiento erróneo.
- se puede adelantar por el carril de la derecha dentro de la ciudad, ya que se circula por el vial que más convenga para la marcha
- cuando un vehículo indica un giro a la izquierda y ocupa el carril correspondiente para proceder a la maniobra
- en las retenciones, en los que no se tiene en cuenta como adelantamiento