Los controladores podrán seguir operando a los 57 años

El Pleno del Senado ha ratificado la propuesta del PSOE para modificar la Ley de prestación de servicios de tránsito aéreo de manera que se permita que, previo examen psico-físico, los controladores puedan continuar desarrollando «funciones operativas» más allá de los 57 años.

Así, los controladores de tránsito aéreo que alcancen los 57 años de edad deberán renovar o revalidar el certificado médico cada 6 meses como máximo, según consta en las modificaciones introducidas al proyecto de Ley que regula el Fondo de Promoción al Desarrollo, debatido por el Pleno de la Cámara Alta tras pasar el pasado lunes por la Comisión de Cooperación Internacional.

La modificación, que tendrá que refrendar el Pleno del Congreso de los Diputados el jueves de la próxima semana, estipula que este cambio sea de aplicación a todos los controladores de tránsito aéreo que hayan cumplido 57 años de edad, aunque hayan cesado en el ejercicio de funciones operativas tras la entrada en vigor de la nueva Ley, el pasado mes de abril.

Dichos controladores de tránsito aéreo serán repuestos en el ejercicio de funciones siempre que acrediten su plena aptitud psicofísica y cumplan con los demás requisitos establecidos por la legislación aplicable.

El objetivo, según el PSOE, es posibilitar a los trabajadores mayores de 57 años que sigan en plenas aptitudes psicofísicas y cumplan con los requisitos establecidos en la legislación vigente proseguir con la actividad de controlador aéreo.

Tanto los socialistas como los ‘populares’ presentaron sendas enmiendas con este mismo objetivo, dos semanas después de que el ministro de Fomento, José Blanco, trasladara a los controladores su disposición a modificar la norma.

EL PP QUIERE QUE PIERDAN LA CATEGORIA DE TECNICOS ATC.

Sin embargo, las diferencias entre PSOE y PP surgieron a la hora de precisar la situación de aquellos que, al perder su «aptitud psicofísica» llegados a los 57 años, no continúen desempeñando funciones operativas de control de tránsito aéreo. En ese caso, el proveedor de servicios debe ofertarles otro puesto de trabajo que será retribuido de acuerdo con las funciones que efectivamente realice el controlador.

No obstante, el PP se desmarcó de los socialistas en este punto y planteó que los controladores en esta situación reciban un nombramiento de técnico ATC «o figura que lo sustituya en la norma convencional que resulte de aplicación», si bien su propuesta ha sido rechazada, primero por la Comisión y posteriormente por el Pleno del Senado.

En cualquier caso, si la empresa no puede recolocarle, el controlador pasará a una situación de reserva activa hasta que alcance la edad de jubilación forzosa, cobrando una retribución que se acordará mediante negociación colectiva con los representantes de los trabajadores y será incompatible con cualquier otro trabajo por cuenta propia o ajena, excepto la realización de labores de formación aeronáutica o labores de inspección aeronáutica en el ámbito de la Unión Europea.

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