Claves para entender la reforma fiscal

¿Cuánto más vas a ganar al mes el próximo año con la bajada del IRPF?

La rebaja media del impuesto sobre la renta de las personas físicas será del 23,5%

¿Cuánto más vas a ganar al mes el próximo año con la bajada del IRPF?
Empleo, sueldo y beneficio. EP

La mayoría de españoles ellos van a ver como sus salarios crecen entre 20 y 35 euros a partir del próximo año. La rebaja del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) -que se completará en 2016- es un gran alivio para la economía de los hogares, que durante la crisis han sufrido una pérdida histórica de poder adquisitivo.

En el IRPF, sin embargo, y tal y como dan cuenta en ‘La información’ Alexia Acosta, David Aragonés y Enrique Utrera ,hay que tener en cuenta otras variables, como las circunstancias familiares y personales, las deducciones o los gravámenes autonómicos. Por lo tanto, puede haber sorpresas desagradables.

Pero si nos ceñimos a la letra de la reforma fiscal, los cambios son sustanciales.

1- Rebaja media del IRPF del 23,5%
Si tributa en el IRPF. Es la medida estrella del Ejecutivo. La rebaja de un IRPF que subió con la llegada al Gobierno de Rajoy. Al final se aplica una rebaja «para todas las rentas» y a nivel escalonado, entre 2015 y 2016.

-Hasta 12.450 euros de ingresos: 20% en 2015 y del 19% en 2016.

-Hasta 20.200 euros: 25% en 2015 y 24% en 2016.

-Hasta 35.200 euros: 31% en 2015 y el 30% en 2016.

– Si gana hasta 60.000: un 39% en 2015 y 37% en 2016.

-Los que ganan hasta 60.000 euros en adelante: 47% en 2015 y 45% en 2016.Los asalariados que ganen menos de 12.000 euros al año dejarán de tributar. Tomando como referencia el sueldo medio en España de 22.726 euros, la retención de un trabajador sin hijos se reduciría desde el 15% hasta el 13,5%, lo que supone una subida del sueldo mensual de casi 27 euros.

2- Familias numerosas y dependientes
Las familias numerosas de categoría especial, con cinco hijos o más, aquellas con cuatro hijos o tres por parto o adopción múltiple, también tendrán derecho a esos 1.200 euros anuales de deductibilidad.

Además, suben los mínimos familiares al 32%:

-Por primer hijo, un 30,7%, hasta los 2.400 euros anuales.

-Segundo hijo, un 32,3%, hasta los 2.700.

-Tercer hijo, un 8,9%, hasta los 4000 euros.

-Cuarto hijo, un 7,6%, hasta los 4.500 euros.

Además, se introduce un aumento de los mínimos familiares de hasta el 32% y tres nuevos ‘impuestos negativos’ para familias con hijos dependientes con discapacidad, familias con ascendientes dependientes y familias numerosas.

En cada uno de los casos recibirán 1.200 euros anuales que se podrán recibir en 100 euros mensuales. Son acumulables entre sí y al actual de igual cuantía que perciben las madres trabajadoras con hijos menores de tres años. Según los cálculos de Hacienda, unas 750.000 familias se podrán beneficiar de esto.

3-Si es usted autónomo
El régimen de módulos se mantiene para aquellos sectores que facturan directamente al cliente final: bares, restaurantes, peluquerías, taxis, pequeño comercio, transporte ligero y agricultura y pesca, para evitar el fraude en las facturas.

Los autónomos y profesionales ven reducida su retención en el IRPF por rendimientos de actividades profesionales del 21% al 19%. En 2012 esa retención se había elevado desde el 15% al 21º%.Las cosas aún mejoran más para los trabajadores por cuenta propia que facturan menos de 15.000 euros anuales. En este caso la retención se reducirá a un 15%.

4- Ahorro
La retención que sufren los dividendos, los depósitos bancarios y en general todas las rentas de ahorro se reducirá desde el 21% hasta el 20% .El nuevo IRPF mantendrá la dualidad actual de rentas del trabajo y rentas del ahorro. Así, también se reducirá la fiscalidad de las rentas del capital. Actualmente, están gravadas en tres tramos: al 21% las ganancias de hasta 6.000 euros, al 24% entre 6.000 y 24.000 euros y al 27% a partir de este importe. El cambio fija:
-Una bajada del tipo hasta 6.000 euros al 20% en 2015, y hasta el 19% en 2016.

– Los rendimientos entre 6.000 y 24.000 euros se gravarán al 22% en 2015 y luego al 21%.

-El tipo máximo para rentas del capital cae al 24% el año que viene y en 2016 al 23%.

Además, se incluyen nuevos instrumentos para potenciar el ahorro a medio y largo plazo, como los nuevos ‘Planes Ahorro 5’, que podrán adoptar la forma de cuenta bancaria o seguro y garantizan la restitución de, al menos, el 85% de la inversión. Los rendimientos generados disfrutarán de exención si la inversión se mantiene un mínimo de cinco años.

5-Planes de pensiones
Si tiene contratado un plan de pensiones, se reduce el tope de las desgravaciones. El Ejecutivo ha decidido mantenerlas pero recortando la cuantía de la desgravación. Hasta ahora el importe máximo a desgravar era de 10.000 euros, sin embargo, el importe de media invertido por los españoles en planes de pensiones no es más de 5.000 euros, y la desgravación media no es de más de 700 euros.

En el caso de los planes de pensiones, se mantiene su régimen fiscal, pero se fija una única aportación máxima de 8.000 euros por año. Se podrán rescatar cantidades correspondientes a planes de pensiones transcurridos 10 años. Por otro lado, se reduce de 10 a 5 años el plazo mínimo de un plan individual de ahorro sistemático (PIAS).

El nuevo tope coincide así con esa media porque se fija en 5000 euros. Además, sigue tributando como renta de trabajo.

6- Impuesto de Sociedades
El impuesto de Sociedades bajará al 28% en 2015, y al 25% en 2016 desde el 30% actual.

Finalmente, y esto es una ‘sorpresa’ las Pymes, cuyo tipo era de un 25% podrían rebajarlo al 20% si aplican dos tipos de deducciones que tiene como objetivo estimular la reducción de deuda y la autofinanciación. Además se mantienen las deducciones por I+D. En ese último caso, aquellas empresas que destinen cuantías superiores al 10% de su cifra de negocio a I+D podrán elevar de 3 a 5 millones anuales el importe monetizable de la deducción por I+D.

En cambio, se limita la deducibilidad de gastos por deterioro y se mantiene la limitación de gastos financieros. Por su parte, el límite a la compensación de bases imponibles se elevará al 60% en 2016 y al 70% en 2017 y se prorrogan las medidas temporales en vigor que afectan, fundamentalmente, a las grandes empresas.

7-Indemnización por despido
Uno de los grandes cambios es la nueva tributación en las indeminizaciones por despido, que finalmente tendrán un mínimo exento de hasta 180.000 euros. En el anteproyecto, el Gobierno estableció un mínimo exento de 2.000 euros por año trabajado, medida que generó mucha controversia entre agentes sociales y la mayoría del Parlamento, por lo que el Ejecutivo decidió finalmente elevar la cifra.

8-Fiscalidad de la vivienda
En la reforma se han introducido también diferentes cambios que afectan al sector de la vivienda, como la supresión de la deducción por alquiler o los cambios en la aplicación de los coeficientes de abatimiento a las ganancias patrimoniales por transmisión de inmuebles y otros bienes cuando la suma alcance 400.000 euros para cada contribuyente. A partir de esa cifra, las ganancias patrimoniales no podrán reducirse.

9- Cine y mecenazgo
Por otro lado, la reforma incluye un impulso a las actividades de mecenazgo al elevar la deducción por donativos del 25% al 30%. Además, el porcentaje se eleva en otros 5 puntos si se mantiene durante tres años, tanto en el IRPF como en el Impuesto de Sociedades y se fija, en dos fases, una deducción del 75% para donativos inferiores a 150 euros.

Asimismo, se crean nuevos incentivos a producciones cinematográficas al fijar un tipo del 20%, aplicable a productor y coproductor financiero, indistintamente. Además, estas medidas serán extensibles también a espectáculos teatrales y musicales y se crea una deducción del 15% de los gastos realizados en el exterior para atraer producciones cinematográficas extranjeras.

10- El IVA
En cuanto al IVA, la reforma mantiene inalterados los tipos de gravamen del IVA y de los impuestos especiales para no dañar el consumo, perjudicando a actividades claves como el turismo y la hostelería. Sin embargo, en el trámite parlamentario se aprobaron enmiendas por las que los servicios de monitores en comedores escolares estarán exentos de IVA y las flores y plantas vivas de carácter ornamental tributarán al tipo reducido del 10%.

CONTRIBUYE CON PERIODISTA DIGITAL

QUEREMOS SEGUIR SIENDO UN MEDIO DE COMUNICACIÓN LIBRE

Buscamos personas comprometidas que nos apoyen

COLABORA

Lo más leído