UGT dice que la sentencia del TS sobre despidos en las AA.PP. es un «nuevo golpe» a la reforma laboral

UGT cree que la sentencia del Tribunal Supremo (TS) que anula parte del artículo 35.3 del reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada de 2012, en desarrollo de la reforma laboral, es «un nuevo golpe» a esta norma.

«Palía, en parte, este ataque frontal del PP contra el Estatuto de los Trabajadores y contra los derechos laborales de los ciudadanos», añade el sindicato en un comunicado.

En concreto, el mencionado artículo entiende que existe insuficiencia presupuestaria cuando en el ejercicio anterior la administración pública en la que se integra el departamento, órgano, ente, organismo o entidad que plantea el despido hubiera presentado una situación de déficit presupuestaria y cuando los créditos asignados a los mismos se hayan reducido un 5% en el ejercicio en curso o en un 7% en los dos años anteriores.

Para el Supremo, seguramente ambos criterios pueden reflejar situaciones de insuficiencia presupuestaria, es decir, situaciones en que la entidad afectada no dispone de una previsión de ingresos suficiente para hacer frente a los servicios públicos que tiene encomendados.

Ahora bien, el Alto Tribunal recuerda en este fallo que la actual disposición final 20ª del Estatuto de los Trabajadores, en virtud de como quedó redactada tras la reforma laboral de 2012, establece que la mera insuficiencia presupuestaria no es causa justificativa del despido colectivo, sino que tiene que producirse una situación de insuficiencia presupuestaria «sobrevenida y persistente».

En efecto, la reforma laboral establecía que concurren causas económicas para el despido colectivo en administraciones y entidades del sector público cuando se producen situaciones de insuficiencia presupuestaria «sobrevenida y persistente» para la financiación de los servicios públicos correspondientes y, en todo caso, entiende que dicha insuficiencia presupuestaria es persistente «si se produce durante tres trimestres consecutivos».

Los sindicatos, en el recurso que ha motivado la sentencia del TS, argumentaban que el desarrollo reglamentario había ido más allá de la definición establecida en la reforma laboral sobre el concepto de ‘insuficiencia presupuestaria’, argumento que ha sido apoyado por el Tribunal Supremo.

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