El Supremo avala que los sindicatos sin legitimación amplia puedan denunciar también convenios

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dado la razón a la Confederación General del Trabajo (CGT) y ha determinado que los sindicatos sin una legitimación amplia puedan también denunciar la vigencia de un convenio colectivo.

El Alto Tribunal ha estimado el recurso de casación que interpuso la CGT contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que anulaba la denuncia que había efectuado sobre el convenio de ‘contact center’ al considerar que este sindicato no estaba suficientemente legitimado para hacerlo.

El Tribunal Supremo entiende, por el contrario, que la CGT tenía legitimidad para realizar tal denuncia, por lo que reconoce su derecho a que el Ministerio de Empleo y Seguridad Social registre el escrito que presentó para denunciar el segundo convenio colectivo de ‘contact center’.

En su fallo, el Alto Tribunal establece que «la mera denuncia del convenio puede activarse por cualquiera de los sujetos con legitimación inicial», no siendo necesario que tengan una legitimación plena.

«Limitar la posibilidad de denunciar un convenio colectivo negociado a quienes lo han suscrito resultaría poco compatible con su eficacia normativa y general e incluso podría presentar problemas de compatibilidad con la libertad sindical», recoge la sentencia.

Además, el Supremo entiende que no es necesario que la denuncia de un convenio requiera unidad de acción en los sindicatos. «El pluralismo sindical queda indirectamente socavado si se impone una unidad de acción», explica al respecto.

CGT ha expresado en un comunicado su satisfacción por este fallo y ha destacado que con él «se abunda en la mejora de los derechos de los trabajadores».

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