La ley catalana blinda todas sus prebendas incluso en caso de condena penal

El ahora prófugo Puigdemont cobrará sueldo de expresidente incluso en la cárcel

Solo el Parlament de Cataluña podría retirarle la bicoca, pero el reparto de escaños deja eso siempre en manos de los independentistas

El ahora prófugo Puigdemont cobrará sueldo de expresidente incluso en la cárcel
Carles Puigdemont acabará en la cárcel. EJ

El ‘expresident’ autonómico fugado: “Estoy dispuesto a ser candidato incluso desde el extranjero”

Es para echarse a llorar, pero la ley es la ley y a los políticos no hay por donde cogerlos.

El día que decida acogerse a su estatuto de expresidente de la Generalitat, el ahora prófugo Carles Puigdemont podrá cobrar ese abultado sueldo aunque sea encarcelado.

Ni siquiera una condena penal firme es condición suficiente para anular ese privilegio. La prebenda queda así blindada frente a cualquier proceso penal y sentencia condenatoria, incluso aunque se constatara que el ‘expresident‘ delinquió aprovechándose de su cargo.

Por ello, tampoco delitos del calibre de los que se le imputan a Puigdemont -rebelión, sedición y malversación- son incompatibles con el sueldo y la pensión vitalicia a los que tiene derecho como expresidente de Cataluña, como tampoco el resto de los emolumentos igualmente pagados con cargo a las arcas públicas de la Generalitat.

Explica Roberto Pérez en ‘ABC‘ este 4 de noviembre de 2017 que esto es así porque fue la propia legislación aprobada por el ‘Parlament‘ la que blindó los derechos y prerrogativas de los expresidentes frente a cualquier tipo de proceso penal o condena firme, incluso de cárcel.

Se hizo constar específicamente así en la ley que regula el régimen estatutario de los expresidentes de la Generalitat, aprobada en 2003 y modificada en 2015 para reforzar esas prerrogativas y blindarlas.

Así el artículo 8 de dicho texto legal establece que esas prerrogativas solo pueden ser anuladas por dos motivos: porque decida renunciar a ellas quien las disfruta; o porque el Parlamento decida retirárselas total o parcialmente.

Si el expresidente fuera condenado penalmente en firme, la ley se limita a indicar que el pleno del ‘Parlament‘ deberá reunirse y debatir si procede o no la revocación de los derechos y prerrogativas del expresidente condenado.

La decisión solo puede adoptarse si así lo acuerdan las dos terceras partes de los diputados del ‘Parlament‘, lo que en la práctica otorga a los independentistas el derecho de veto.

Las prerrogativas de las que podrá disfrutar Puigdemont como expresidente son abultadas.

De entrada, una paga de 111.669 euros anuales (9.305 mensuales) durante cuatro años -salvo que cobre por otro cargo público, porque en tal caso sería incompatible con el sueldo de ‘expresident’-, una pensión vitalicia de 83.751 euros anuales en cuanto cumpla los 65 años de edad.

Además, las prerrogativas vitalicias incluyen también tres asistentes a su servicio, servicio de seguridad personal, coche oficial y chófer, todo ello costeado por la Generalitat.

También se asigna a los expresidentes, cada año, una partida de varias decenas de miles de euros para que puedan disponer libremente de ella para sus actividades.

Además, se les garantiza poder disponer de una oficina costeada igualmente con fondos públicos.

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