La Junta de Susana Díaz quiere 35 horas semanales

El Tribunal Constitucional tumba la reducción de la jornada a los funcionarios de Andalucía

"Por vulnerar las normas dictadas por el Estado en el ejercicio de su competencia"

El Tribunal Constitucional tumba la reducción de la jornada a los funcionarios de Andalucía
Susana Díaz. EP

La ley aprobada por la Junta de Andalucía estaba suspendida desde julio / La sentencia también afecta a las horas lectivas de los docentes / Uno de los magistrados emite su voto particular en contra

Su gozo en un pozo. El Pleno del Tribunal Constitucional rechaza el recurso de la Junta de Andalucía para aplicar la reducción de la jornada laboral a los funcionarios a 35 horas, al vulnerar «las normas dictadas por el Estado en el ejercicio de su competencia para regular el régimen jurídico de las Administraciones públicas» y declara su inconstitucionalidad y nulidad.

También afecta a la intención de la Junta de establecer 18 horas lectivas semanales para el personal docente de la Comunidad Autónoma. La disminución de las horas de trabajo de los funcionarios andaluces estaba suspendida desde el pasado mes de julio.

La sentencia del Tribunal Constitucional que jornada de treinta y cinco horas semanales de promedio al año «resulta incompatible» con la ley estatal, que la fija en un mínimo de treinta y siete horas y media semanales.

El pronunciamiento del Pleno se produce después del recurso de la Junta de Andalucía del pasado mes de julio.

El Tribunal resuelve, en primer lugar, que la jornada laboral ordinaria de 35 horas semanales para los funcionarios de la Comunidad Autonómica de Andalucía vulnera la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017.

La norma determina que la jornada de trabajo de los funcionarios públicos, incluidos los autonómicos, «no podrá ser inferior a treinta y siete horas y media semanales de trabajo efectivo de promedio en el cómputo anual».

La sentencia, de la que ha sido ponente el Magistrado Santiago Martínez-Vares, cuenta con el voto particular del Magistrado Fernando Valdés Dal-Ré.

El Constitucional también declara inconstitucional y nula las 18 las horas lectivas semanales del personal docente de Andalucía.

El Pleno también considera incompatible con la norma estatal, «la parte lectiva de la jornada semanal del personal docente que imparte las enseñanzas reguladas en centros públicos y privados sostenidos con fondos públicos será, como mínimo de 25 horas en educación infantil y primaria y de 20 horas en las restantes enseñanzas».

La sentencia declara que ley de la Junta de Andalucía invade la competencia del Estado para establecer las bases del régimen jurídico de las Administraciones públicas y para regular las condiciones de obtención de títulos académicos.

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