EDAD, AHORRO Y JUBILACIÓN

¿Tienes idea de cuánto dinero se va llevar Hacienda de tu pensión?

¿Tienes idea de cuánto dinero se va llevar Hacienda de tu pensión?

Para un poco, saca lápiz y papel y ponte a hacer números, porque las cosas rara vez son como parecen y a estas alturas uno no esta para sustos.

Ya hemos ahorrado en nuestro plan de pensiones y nos hemos jubilados o lo hemos rescatado antes de tiempo por incapacidad permanente total o absoluta y gran invalidez; fallecimiento del titular del plan; dependencia severa o gran dependencia; enfermedad grave o paro de larga duración. Ha llegado la hora de recuperar nuestro dinero pero, ¿cómo cobrarlo?

Cómo rescatar un plan de pensiones
Según explica el comparador financiero HelpmyCash, estas son las diferentes formas:

  • Capital: cobraremos todo el capital de los planes de pensiones una sola vez por lo que el impuesto de la renta del año en el que recuperemos el dinero será bastante alto. Esta opción no es recomendable a nivel fiscal, ya que ingresaríamos una gran cantidad de capital en un año y posiblemente subiremos de tramo fiscal, haciendo que paguemos más impuestos. Los planes de previsión asegurada tributan como rentas del trabajo y, por tanto, pagar más impuestos.
  • Renta periódica: recibiremos nuestro capital de forma periódica (cada mes, cada trimestre…), dejando el resto en los planes de pensiones. Cada año tributaremos por el importe recibido y no por el que continúa invertido en el plan. En este caso también podremos rescatar el resto de nuestro capital en cualquier momento si lo deseamos.
  • Mixta: combinando el rescate en forma de capital y el rescate en forma de renta.
  • Libre: pagos sin periodicidad regular.

Decidir cuál de ellos es más ventajoso para nuestros intereses dependerá de cuáles son nuestros gastos, cuántos impuestos pagaremos con cada opción o el dinero que deseamos tener todos los meses.

Debemos tener en cuenta que al rescatar los planes de pensiones estos vuelven a tributar por lo que si los rescatamos de golpe, los impuestos que pagaremos serán mayores que si lo vamos rescatando en forma de renta, ya que la base imponible será mayor.

Según informa BBVA, la tributación del rescate de un plan de pensiones es básicamente el proceso contrario al de las aportaciones. Cuando se rescata un plan de pensiones, los fondos que se obtienen son considerados como rendimientos de trabajo y, como tal, aumentan la base imponible del IRPF provocando que aumenten los impuestos que hay que pagar.

Los tramos actuales del IRPF son:

  • 0 a 12.450 € = 19 %
  • 12.451 € a 20.200 € = 24 %
  • 20.201 € a 35.200 € = 30 %
  • 35.201 € a 60.000 € = 37 %
  • Más de 60.001 € = 45 %

Si se opta por un rescate en forma de capital, habrá que sumar a los rendimientos de ese ejercicio contable todo el capital rescatado, lo cual aumentará la base imponible del IRPF. Así, si el afectado declara 25.000 € anuales y tiene en el plan de pensiones 80.000 euros que decide rescatar de golpe, su base imponible ascenderá a los 105.000 €. De este modo pasará de una fiscalidad del 30 % a tributar en el último tramo del 45 %.

Por eso, la opción de rescate en forma de renta periódica adquiera relevancia. Recibir, por ejemplo, 1.000 euros mensuales, solo aumentaría en 12.000 euros su renta anual que se sumaría al importe de su pensión.

Puesto que el dinero procedente de un plan de pensiones tiene el mismo tratamiento fiscal que el salario, la entidad gestora del plan deberá aplicar una retención que dependerá de la cuantía rescatada y de la situación personal y familiar del beneficiario del plan.

¿Cómo se aplica la retención?
La retención a practicar por la entidad gestora dependerá de las circunstancias personales y familiares del beneficiario del plan. Estos son el mínimo del contribuyente, el mínimo por descendientes, el mínimo por ascendentes y el mínimo por discapacidad.

Es muy importante tener en cuenta que es el beneficiario del plan de pensiones el responsable de dar a conocer a la entidad gestora sus circunstancias personales y familiares para que ésta pueda adecuar la retención a las mismas.

 

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