El Gobierno aprueba una moratoria en el pago de las hipotecas para los afectados

ERTE: Todos los trabajadores que las empresas manden a casa tienen derecho a paro

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ERTE: Todos los trabajadores que las empresas manden a casa tienen derecho a paro
Ahorro, salario, paro y empleo. PD

El Consejo de Ministros, con retraso y telemático porque Pedro Sánchez temía contagiarse y no quiso arriesgarse a ver aparecer otra vez a Pablo Iglesias in mascarilla ni protección alguna, aprueba este martes 17 de marzo de 2020 una moratoria en el pago de hipotecas para la población afectada por el coronavirus.

La medida ha sido propuesta por la vicepresidenta económica Nadia Calviño y va dirigida al colectivo considerado vulnerable. Esta situación se medirá en función de la renta y la situación familiar, por lo que estaría disponible para aquellos casos en los que el trabajador se vea afectado por un despido ligado a la crisis.

Los bancos han pedido que la medida conlleve una relajación de la regulación actual que obliga a las entidades a provisionar el aumento de la morosidad tras el impago de tres cuotas hipotecarias, al considerarse que el crédito es dudoso.

Todos los trabajadores metidos en un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) tendrán derecho a percibir la prestación contributiva por desempleo -independientemente del tiempo que lleven cotizando- y ese periodo consumido de paro no contará como gastado.

«Se reconoce el derecho a cobrar el paro a las personas trabajadoras afectadas aunque carezcan del período de ocupación cotizada mínimo necesario para ello».

Esta era una de las principales reivindicaciones de los sindicatos en el contexto de la crisis por la pandemia.

Desde la oposición, tanto Pablo Casado como Inés Arrimadas, han venido pidiendo a Pedro Sánchez pasos firmes en materia económica. Se darán desde ahora en adelante, teniendo en cuenta que el país se encuentra en estado de alarma.

Un ERTE se define como una suspensión de los contratos de carácter temporal, aunque también se puede traducir en una reducción de la jornada. Lo regula el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 47.

En relación a los ERTE, en el borrador de este real decreto se define concretamente lo que se entenderá por fuerza mayor en las actuales circunstancias de emergencia y se simplifican los requisitos para su presentación.

El Gobierno asegura en el preámbulo de la norma que para cumplir con el conjunto de medidas contempladas en el texto «se habilitarán todos los créditos necesarios».

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