Los autónomos también pueden cobrar la baja laboral

Trabajadora autónoma
Trabajadora autónoma

Ser autónomo, especialmente en España, es sumamente complicado. No es de extrañar que la mayor parte de las personas prefieran prestar servicios a otro antes que trabajar para sí mismos. En el caso de los trabajadores por cuenta propia que tienen un negocio, las preocupaciones se multiplican: aparte de pagar la correspondiente cuota de autónomos, han de cotizar a la Seguridad Social por cada empleado que tienen a su cargo. Si el personal de la empresa falla algún día, a causa por ejemplo de una enfermedad, y socilita la baja temporal, el autónomo habrá de buscar a alguien que sustituya al empleado en cuestión, aparte de continuar pagando al empleado que se encuentra de baja. Este pago, que corre a cuenta del autónomo, habrá de abonarlo en el periodo comprendido entre el cuarto y el demicoquinto día de baja de su empleado. A partir del decimosexto día, la responsabilidad de correr con dicho pago recae, para alivio del empresario, en el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social). Por este motivo, muchos autónomos no se permiten la baja, salvo cuando ya es cuestión de vida o muerte, y no queda otro remedio.

Para el autónomo, el negocio es como el barco del capitán, quien es el primero en hundirse con el barco. Hay todavía muchos autónomos que se preguntan cómo van a cogerse la baja, por más que la necesiten, si ello implica perder un porcentaje de sus ingresos. Ante esta encrucijada económica, algunos apuestan por contratar un seguro de baja laboral que les permite percibir una indemnización mínimamente aceptable durante el periodo de tiempo que están de baja.

A continuación, explicamos qué puede hacer por el autónomo un seguro de baja laboral como el que ofrece La Previsión Mallorquina de Seguros, S.A.

¿A quién se dirige este seguro?

El seguro de baja laboral que ofrece Previsión Mallorquina está pensado para autónomos (de entre 16 y 65 años)  que estén dados de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).

¿Cuántos días de baja cubre?

La cobertura por la baja laboral se garantiza durante un año (365 días en total). En cuanto a la renovación del seguro, ésta se realiza de forma automática y en las mismas condiciones en que se estableció inicialmente su contratación. No obstante, con respecto a este último punto, si la situación laboral del autónomo varía, el seguro podrá cancelarse reembolsándose la cuantía proporcional; el pago correspondiente a los meses en los que el seguro ya no será necesario.

¿Qué pasa si el autónomo está fuera de España?

El seguro de baja permanece vigente. La cobertura que ofrece Previsión Mallorquina no se ve condicionada por el país donde se encuentre el autónomo; es internacional.

¿Se puede prorrogar?

El seguro se renueva automáticamente, como ya se ha indicado antes. En caso de superar los 365 días de baja, se recomienda al autónomo valorar si su estado de baja ha de pasar de «temporal» a «permanente».

¿Hay compromiso de permanencia?

Sí, lo hay. No hay compromiso en caso de que el autónomo se jubile, por ejemplo, o su situación laboral cambie poque deje de ser autónomo y se convierta en trabajador por cuenta ajena. En estos dos casos, no hay compromiso. Ahora, para el resto de situaciones, el autónomo se compromete a permanecer con el seguro durante un año. Cuando se renueva el seguro, se renueva también el compromiso de permanencia por valor de otro año más. El caso particular de cada autónomo se revisaría en cualquier situación.

¿Qué situaciones no cubre el seguro de baja laboral?

Hay algunas exclusiones, contextos que el seguro de baja laboral para autónomos deja de cubrir:

  • Accidentes producidos por deporte profesional.
  • Alteraciones en la salud por tratamientos a los que el autónomo se haya querido someter voluntariamente.
  • Intentos de suicido.
  • Baja por consumir sustancias tóxicas para el organismo: drogas, bebidas alcohólicas…
  • Epidemias que hayan sido declaradas oficialmente, como es el reciente caso del virus que causa la Covid-19.
  • Secuelas físicas por intervenir en alguna guerra.
  • Síndrome de fatiga crónica y la fibromialgia, que se da bastante en la sociedad actual como consecuencia de la presión y el estrés.
  • SIDA
  • Y algunas otras situaciones que pueden verse en su página web.

¿El seguro cubre baja por maternidad?

Cuando se es madre, evidentemente hay una baja laboral. La persona necesita priorizar sus propios cuidados, para reponerse del parto, así como los de la nueva criaturita recién nacida. Aunque este seguro de baja laboral no incluye la maternidad, sí aporta una prestación única por parto. Ahora bien, si la trabajadora autónoma experimenta complicaciones físicas y/o emocionales derivadas del embarazo, en este caso, sí quedaría cubierta su baja por seguro para autónomos. Para este último servicio es necesario que la persona lleve con el seuro contratado un año.

Por último, ¿cuándo se activa el seguro?

El seguro se pone en marcha desde el mismo instante en que se contrata; nada más el trabajador autónomo firma digitalmente la póliza.

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Autor

Manuel Trujillo

Periodista apasionado por todo lo que le rodea es, informativamente, un todoterreno

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