(Ampliación) La CNMV aprueba el folleto de titulización del déficit de tarifa eléctrica

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) aprobó este martes el folleto para la titulización del déficit de tarifa electrica.

Según consta en este documento, el saldo vivo máximo autorizado de aval del Estado con cargo a los Presupuestos Generales del año 2010 es de 13.500 millones de euros, sin perjuicio de que las emisiones que se garanticen puedan realizarse con posterioridad al año 2010.

Los bonos emitidos por el fondo de todas las series estarán garantizados por el aval del Estado.

El saldo vivo máximo del programa se podrá ampliar hasta 25.000 millones de euros, para lo cual deberá haberse ampliado asimismo el saldo vivo máximo autorizado del aval del Estado hasta dicho importe.

El incremento por encima de los citados 13.500 millones, actualmente aprobados por los Presupuestos Generales del Estado para el año 2010, deberá ser aprobado y determinado por las correspondientes Leyes de Presupuestos Generales del Estado, en su caso, y objeto de una posterior orden ministerial que se otorgaría con posterioridad a la aprobación de la correspondiente Ley de Presupuestos.

LÍNEA DE CRÉDITO

Además de esta cantidad, el fondo contará con una línea de crédito por valor de 2.000 millones de euros. El Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2011 reserva un máximo de 5.000 millones para garantizar las obligaciones económicas del fondo.

La operación pretende convertir en deuda negociable un pasivo que, hasta ahora, era financiado por las compañías eléctricas (Iberdrola, Gas Natural Fenosa, Endesa, HC y E.ON). El déficit (diferencia entre lo que cuesta generar la electricidad y lo que se paga por ella) se eleva, según el folleto, a 14.624 millones de euros.

Una vez registrado este folleto y finalizado el período de prospección de la demanda de la primera emisión del fondo, que se iniciará el 24 de noviembre a las 10.00 horas, y finalizará, el 8 de diciembre de 2010, a las 17.00 horas (pudiéndose determinar el cierre de dicho periodo con anterioridad o con posterioridad a dicha fecha, si así lo determina el Comité de Seguimiento), se procederá al envío a CNMV de las condiciones finales de la primera emisión junto con los documentos necesarios para su registro, que se estima sea en el plazo máximo de dos días hábiles.

CALIFICACIÓN

Está previsto que la primera emisión de bonos sea calificada por las tres agencias de calificación.

Como condición, las emisiones deberán tener asignadas calificaciones provisionales de, al menos, una de las agencias de calificación. Dichas calificaciones provisionales habrán de confirmarse antes del inicio del correspondiente periodo de suscripción de cada emisión de bonos.

En caso de que alguna de las agencias de calificación no confirmara la calificación asignada; de que ocurra un suceso imprevisto o inevitable que haga imposible el cumplimiento de lo previsto; o bien en caso de que la suscripción y correspondiente desembolso de la primera emisión de bonos no alcanzara un importe mínimo de 500 millones de euros, antes de las 12.00 horas de la fecha de desembolso de la primera emisión, la sociedad gestora resolverá la constitución del fondo, la primera cesión de los derechos de cobro del déficit tarifario, la primera emisión de bonos (que no tendrían lugar) y todos los contratos suscritos por el fondo.

Asimismo, si alguna de las agencias de calificación no confirmara la calificación asignada, la sociedad gestora resolverá la cesión de los correspondientes derechos de cobro del déficit tarifario.

RENTABILIDAD Y DURACIÓN DE LOS BONOS

El cálculo de la duración, vida media y tasa interna de rentabilidad (TIR) de los bonos está sujeto, entre otras, a hipótesis de amortización y de evolución de los tipos de interés que pueden no cumplirse.

No obstante, los riesgos anteriores se mitigarán por la existencia del aval del estado y de la línea de crédito.

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