El nuevo reglamento detalla con mucha más precisión el nuevo papel de la autoridad laboral como asesora de cualquiera de las partes que lo requiera
El Consejo de Estado está estudiando actualmente el borrador de proyecto de real decreto del nuevo reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada.
Esto es, la letra pequeña de cómo deberán desarrollar las empresas los expedientes de regulación de empleo (ERE).
Explica el diario ‘Cinco Días’ que, en términos generales, la documentación que debe acreditar el empresario cuando argumente causas económicas es muy parecida a lo que se venía exigiendo antes de la reforma laboral, en el real decreto del 14 de junio de 2011.
Si bien en el último borrador elaborado por el Ministerio de Empleo -que ha sido enviado a los sindicatos y al Consejo de Estado, y que por lo tanto aún podría incorporar modificaciones a instancias de ambos- incluye dos novedades en materia de documentación.
En la documentación común a todos los ERE, el borrador elimina la actual exigencia al empresario para que justifique «la razonabilidad del número de extinciones en relación con la concurrencia de la causa económica y la finalidad de preservar o favorecer la posición competitiva de la empresa en el mercado».
Eliminando este requerimiento, la empresa no estará ya obligada a acreditar documentalmente que el volumen de los despedidos es proporcional a su situación económica y a su intención de mantenerse en el mercado.