Los más de 13.000 establecimientos de este tipo sólo deberán presentar al Comisionado del Mercado de Tabaco una declaración responsable

Los estancos podrán ‘airearse’ y vender toda clase de productos amén del tabaco de toda la vida

Estos negocios se convertirán en 'tiendas de conveniencia'

Los estancos podrán 'airearse' y vender toda clase de productos amén del tabaco de toda la vida
Cajetillas de tabaco Efe

Los que suministren tabaco a 10 o más puntos de venta con recargo no asignados perderán la concesión o se enfrentarán a multas

El Gobierno permitirá a los estancos la posibilidad de vender otros productos distintos al tabaco que no afecten a la seguridad de los usuarios y a la conservación o comercialización de las labores de tabaco.

Los más de 13.000 establecimientos de este tipo sólo deberán presentar al Comisionado del Mercado de Tabaco una declaración responsable.

TIENDAS DE CONVENIENCIA

De esta forma, el panorama del estanco cambiará bastante en España, ya que estos establecimientos se convertirán en ‘tiendas de conveniencia’, con la venta de otros productos distintos al tabaco, que, no obstante, seguirá siendo el gancho aunque no el más importante.

Hasta ahora, los estancos sólo podían vender artículos de fumador y aquellos relacionados con la papelería, con el visto bueno del Comisionado.
Otros cambios relevantes son la posibilidad de que los expendedores importen labores de tabaco de Estados de la Unión Europea que sean mercancías comunitarias o la venta a distancia de productos de tabaco desde el estanco a consumidores residentes en otro país comunitario, no dentro del territorio nacional.

Pérdidas de concesiones y multas

Por el contrario, los estancos que suministren tabaco a 10 o más puntos de venta con recargo no asignados perderán la concesión o se enfrentarán a multas de entre 120.202,42 euros y 300.506,05 euros, al considerarse una infracción muy grave.

El suministro a menos de diez puntos de venta está considerado como una infracción grave, lo mismo que la obtención de labores de tabaco de proveedores distintos a los autorizados, cuando tales acciones no sean calificadas por los órganos competentes como delitos o infracciones de contrabando.

Ambas infracciones conllevan la suspensión temporal del ejercicio de la concesión de hasta seis meses o multas desde 12.020,24 euros hasta 120.202,42 euros.

Otras infracciones

Otras infracciones muy graves son el abandono de la actividad por parte del titular, la cesión del estanco en forma ilegal o la venta a precios distintos de los fijados legalmente, incluyéndose la concesión de descuentos, bonificaciones o entrega de productos promocionales a clientes.

Uno de los cambios más importantes que plantea el Gobierno es el nuevo sistema de gestión delegada al expendedor de las máquinas automáticas ubicadas en los puntos de ventas autorizados, lo que se traduce en la profesionalización de la gestión de las máquinas de ‘vending’.

 

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