La justicia europea rechaza la petición de Louis Vuitton de registrar como marca un motivo de damero

El Tribunal General de la UE ha rechazado este martes la petición de la empresa francesa de productos de lujo Louis Vuitton de registrar como marca comunitaria un motivo a cuadros marrones y beige, en forma de damero, por considerar que se trata de un dibujo «básico y banal» sin carácter distintivo.

La sentencia desestima el recurso de Louis Vuitton contra una resolución previa de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI), con sede en Alicante, que ya había anulado el registro de esta marca figurativa a petición de una empresa alemana.

El Tribunal General indica, entre otras cosas, que «el motivo a cuadros es un dibujo figurativo básico y banal, ya que se compone de una sucesión regular de cuadros del mismo tamaño que se diferencian por una alternancia de colores diferentes, en este caso el marrón y el beis».

Por lo tanto, «no supone ninguna variación significativa respecto de la representación convencional de dameros y coincide con el modelo tradicional de ese dibujo». «El dibujo a cuadros es una figura que ha existido siempre y que se ha venido utilizando en el sector de las artes decorativas», señala el fallo.

El Tribunal General apunta que, «aplicadas a los artículos de cuero y de marroquinería, desde el punto de vista gráfico la representación de un damero que alterna los colores marrón y beis y la impresión de un entrelazado de hilos no comportan ninguna variación significativa con respecto a la representación convencional de dichos productos, por lo que el público al que se dirigen sólo percibirá en realidad un dibujo normal y corriente».

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