CSIF dice que la Diputación de Barcelona puede pagar el IRPF al fisco catalán si luego lo transfiere al Estado

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha señalado este lunes que actualmente la ley no impide a la Diputación de Barcelona pagar el IRPF de sus empleados al fisco catalán, siempre y cuando lo derive posteriormente «en tiempo y forma» a la Agencia Tributaria estatal.

Así lo ha señalado el presidente de CSIF, Miguel Borra, en rueda de prensa de presentación de una campaña contra el modelo sindical «bipartidista», al ser preguntado por las informaciones que apuntan a que la Diputación de Barcelona ha decidido pagar el IRPF de sus casi 5.000 empleados a la Agencia Tributaria catalana, en vez de hacerlo directamente a la española, como hasta ahora se venía realizando.

Borra ha indicado que CSIF recibe «muchas» llamadas y preguntas por parte de empleados públicos sobre este tema y otros asuntos similares, pero todavía no «órdenes de dudosa legalidad», puesto que el asunto de la Diputación de Barcelona es una actuación que no corresponde a los trabajadores de esa institución, sino «una actuación de personas muy concretas».

«La ley en estos momentos no impide que la Agencia Tributaria catalana recaude ese impuesto, siempre y cuando lo derive en tiempo y forma a la Agencia Tributaria estatal. Nos consta que hay algunas instituciones que lo hacen así, eso no es manifiestamente ilegal siempre y cuando el dinero recaudado lo deriven a la Agencia Tributaria estatal», ha apuntado.

El presidente de CSIF ha explicado que en el sindicato ya habían tenido «noticias» de este posicionamiento de la Diputación de Barcelona, y ha señalado que los empleados públicos «tienen que aplicar el ordenamiento jurídico vigente». En este sentido, ha recordado que CSIF presentó un protocolo de actuación ante órdenes de «dudosa legalidad», en el marco del desafío independentista catalán, y ha pedido a los funcionarios que cumplan «estrictamente» el ordenamiento.

«Vamos a intensificar nuestro posicionamiento en defensa del ordenamiento jurídico vigente, y si fuera necesario se emplearían las acciones que los servicios jurídicos consideren pertinentes y necesarias», ha apuntado Borra, quien ha detallado que este lunes mantendrá una reunión con el responsable del sindicato en Cataluña para tratar este asunto.

CUMPLIR Y DENUNCIAR.

De esta forma, ha precisado que ante órdenes de las que se pueda dudar de su legalidad, los funcionarios tienen que cumplirla en un primer momento y, conforme al protocolo, denunciar inmediatamente ante la inspección de su Consejería, así como ante la Fiscalía e informar al sindicato de esas actuaciones.

«El ordenamiento jurídico español solo permite a un funcionario no cumplir una orden si la orden no admite discusión jurídica en cuanto a su ilegalidad», ha recordado Borra, precisando que «lo normal es que se reciban órdenes de dudosa legalidad», por lo que «el funcionario debería cumplirlas e inmediatamente proceder a su denuncia».

En cualquier caso, ha matizado que las órdenes que llevan a cabo los funcionarios «no causan efecto inmediato», sino que hasta que surten efecto pasa un «pequeño lapsus de tiempo», por lo que «entra dentro de lo razonable» que se cumpla con la posible orden ilegal y se presenta con posterioridad la denuncia pertinente.

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