UGT firma «en solitario» el acuerdo sobre el ERE de Cemusa con reajustes en los plazos

Los representantes de la Federación de Servicios de UGT (FeS-UGT) han firmado «en solitario» el acuerdo del Expediente de Regulación de Empleo (ERE) de Cemusa, al que se ha adherido un representante de CCOO y que contempla algunos reajustes en los plazos, según ha informado el sindicato en un comunicado.

El acuerdo prevé que los trabajadores que voluntariamente manifiesten su deseo de acogerse al ERE deberán hacerlo antes del 22 de abril a las 17.00 horas. La empresa puede contestar sobre su aceptación o no hasta el día 27 de este mes y, en caso afirmativo, deberá indicar la fecha prevista de salida, que podría adelantarse a voluntad del trabajador si concurriese una causa justificada, como una oferta firme de empleo.

De acuerdo con el ERE firmado, todos los trabajadores afectados y no incluidos en el plan de prejubilaciones percibirán una indemnización de 35 días por año con un máximo de 25 mensualidades del salario bruto anual con todos los conceptos retributivos, y la cuantía no se verá modificada ni afectada por el posible ejercicio del derecho de huelga de los trabajadores.

El 28 de abril se hará pública la lista de los trabajadores afectados por el despido colectivo, que podrán manifestar su voluntad de acceder a alguno de los 114 puestos previstos para recolocaciones en otras empresas del grupo JC Decaux, propietario de Cemusa, en diferentes ciudades conforme a los requisitos pactados.

Los trabajadores que opten por acceder a uno o varios de estos 114 puestos deberán manifestarlo el 29 de abril al departamento de Recursos Humanos, que deberá comunicar qué peticiones son aceptadas en siete días.

Una vez aceptada la petición por la empresa, el trabajador se incorporará al puesto de destino y durante los tres primeros meses tendrá la opción de renunciar a su nuevo puesto y acogerse a la indemnización.

En el caso de ser recolocado en uno de estos puestos, el alta se producirá en la sociedad en la que cubra la vacante mediante novación contractual y la antigüedad del trabajador reconocida en Cemusa se mantendrá a todos los efectos.

En el supuesto de que la retribución salarial bruta anual del puesto de destino sea inferior a la que el trabajador tenía en Cemusa, la diferencia entre ambas se indemnizará a razón de 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. Los trabajadores con una retribución salarial igual o inferior a 20.000 euros mantendrán sus condiciones, sin que pueda operar la reducción salarial.

Si durante los 12 primeros meses desde su incorporación al nuevo puesto de trabajo el trabajador fuese despedido, ya sea como despido improcedente u objetivo, su indemnización se calculará en base al salario que percibir en Cemusa, descontándosele la indemnización que hubiera podido percibir. Además, todas las vacantes existentes en el grupo JCDecaux hasta el 31 de diciembre de 2017 serán ofrecidas de forma prioritaria a los trabajadores despedidos.

ADSCRIPCION VOLUNTARIA A UN PLAN DE PREJUBILACION.

Según contempla el acuerdo, todos los trabajadores afectados que tengan 57 años o más cumplidos antes del próximo 31 de diciembre y que acrediten una antigüedad de, al menos, 10 años podrán adscribirse voluntariamente a un plan de prejubilación.

De acuerdo con este plan, los trabajadores de 57 años percibirán el 80% de su salario neto hasta los 61 años; los de 58 años, el 85% hasta los 61 años; los de 59 años, el 85% hasta los de 62 años; los de 60 años, el 90% hasta los 63 años; los de 61 años, el 90% hasta los 64 años y los de 62 años, el 100% hasta los 65 años.

Durante todos los años de vigencia del plan y en todos los casos los salarios se revalorizarán un 1% anual y, en caso de fallecimiento, el beneficiario percibirá el 100% del complemento que quede pendiente de percibir por el trabajador. Por su parte, los trabajadores afectados que, pudiendo acceder a este plan, no se incluyan en el mismo, percibirán una indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades.

Una empresa de ‘outplacement’ llevará a cabo el plan de recolocación externa durante los nueve meses siguientes a la extinción del contrato de cada afectado.

Por otra parte, para todos los trabajadores afectados por el despido colectivo con una edad igual o superior a 55 años y que no se encuentren incluidos en el plan de prejubilaciones la empresa suscribirá con la entidad gestora un convenio especial con la Seguridad Social.

Por último, tendrán prioridad de permanencia en Cemusa los trabajadores que acrediten ante la comisión de seguimiento encontrarse en los siguientes supuestos: trabajador con discapacidad igual o superior al 33%, familia monoparental con hijo/s a su cargo, matrimonio o uniones con hijo/s en que ambos estén afectados y padres con hijo/s que tengan una discapacidad igual o superior al 33%.

CONTRIBUYE CON PERIODISTA DIGITAL

QUEREMOS SEGUIR SIENDO UN MEDIO DE COMUNICACIÓN LIBRE

Buscamos personas comprometidas que nos apoyen

COLABORA

Lo más leído