DL propone multas de hasta 30.000 euros por incumplir los plazos de pago entre empresas en más de 20 días

Democracia y Libertad (DL) ha registrado en el Congreso una proposición de ley para modificar la norma de Medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, de 2004, con el fin de incorporar un régimen infractor y sancionador que, entre otras cosas, prevé multas de hasta 30.000 euros por incumplir los plazos de pago en más de 20 días o el cierre de la compañía si cae más de tres veces en actuaciones consideradas muy graves.

El texto, que recoge Europa Press, critica duramente los incumplimientos en los pagos de deuda, sobre todo a las pymes, que se producen de forma sistemática sin que las administraciones hayan regulado «de forma expresa, clara y concisa» las infracciones en este ámbito y las sanciones que conllevan.

Por ello, los independentistas catalanes proponen su propio código, en el que se considerarán infracciones muy graves prevalerse de una situación de dependencia económica para imponer plazos de pago superiores a los previstos en la ley (60 días desde la recepción del bien o servicio) o incumplirlos sistemáticamente, o resistirse u obstruir la acción inspectora.

También tendrá la misma consideración no incluir en la memoria anual la información sobre plazos de pago a proveedores o falsear dicha información, así como cualquier infracción grave por cuantías superiores a 60.000 euros o en las que exista reincidencia. En todos estos casos, la multa será de 30.001 a 900.000 euros.

No obstante, si se produce una tercera reincidencia en infracciones muy graves, las comunidades autónomas –que tendrán la potestad sancionadora– podrán decretar el cierre de la empresa durante un máximo de un año como castigo.

FALSIFICAR FACTURAS

Por su parte, serán infracciones graves –castigadas con multas de 6.000 a 30.000 euros– exceder en más de 20 días el plazo de pago legal, incumplir dicho plazo en operaciones de más de 5.000 euros, pactar cláusulas sobre el comienzo del cómputo de la fecha de pago o las consecuencias de la demora que perjudiquen al acreedor, falsificar facturas o albaranes, o pactar la renuncia al derecho de indemnización para demorar los plazos de pago, así como reincidir en cuatro faltas leves.

Entre éstas se cuenta pactar plazos de pago que no incluyan los periodos vacacionales o cualquier otra prescripción que no sea objeto de sanción específica. Las multas en estos casos serán de hasta 6.000 euros.

En todos los casos, la sanción se graduará en función del volumen de facturación, cuantía del beneficio obtenido, grado de intencionalidad, plazo de tiempo durante el que se ha cometido la infracción, capacidad o solvencia económica de la empresa o reincidencia, entendida ésta como la comisión de más de una infracción de la misma naturaleza durante un año.

En cuanto a la prescripción de las infracciones, se producirá a los cuatro años en el caso de las muy graves, a los dos en las graves y al año en las leves.

Los castigos a aplicar por morosidad incluirán también la publicación de las resoluciones por infracciones graves o muy graves que se consideren de especial trascendencia o gravedad, que afecten a muchas personas o que deban ser conocidas por los operadores comerciales.

OBLIGACION DE INFORMAR

Por otra parte, DL incluye en su proposición de ley bonificaciones de hasta el 100% de la sanción durante los primeros seis meses, del 80% entre el sexto y el duodécimo mes, del 50% durante el segundo año desde la entrada en vigor de la ley y del 20% durante el tercer año.

Para poder acogerse a estas bonificaciones, el sancionado deberá acreditar que ha corregido «inmediatamente» la circunstancia que había provocado la infracción, salvo que se trate de un reincidente, en cuyo caso no tendrá derecho al beneficio.

El texto de los independentistas catalanes prevé también que las personas y entidades de cualquier naturaleza jurídica que dispongan o tengan el deber jurídico de disponer de información o documentación que pudiera contribuir al esclarecimiento de la comisión de infracciones por morosidad tendrá el deber de colaborar con las autoridades.

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