El Gobierno deberá permitir a las eléctricas que repercutan al cliente el bono social, según expertos

El Gobierno se verá obligado a permitir que las comercializadoras de las eléctricas encargadas de suministrar el precio regulado de la luz puedan repercutir el bono social al consumidor final si quiere que el nuevo mecanismo de financiación sea legal, indicaron a Europa Press en fuentes jurídicas y del sector.

El nuevo mecanismo de financiación del bono social pactado entre el Gobierno y el PSOE carga el coste de esta ayuda, de unos 250 millones de euros anuales, sobre el conjunto de las comercializadoras de electricidad, y lo hace en función del número de clientes de cada empresa, según el real decreto ley aprobado por el Ejecutivo.

Dentro de las comercializadoras, existen dos grupos, las de mercado y las de referencia. Estas últimas suministran a los clientes domésticos el precio regulado, conocido como Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC), y son en su mayor parte filiales de Endesa, Iberdrola, Gas Natural Fenosa, EDP España y Viesgo.

Las fuentes explican que las comercializadoras de mercado repercutirán sin cortapisas el bono social al consumidor final, cosa que no podrán hacer las de referencia, ya que el PVPC es fruto de la adición por parte del Gobierno de diversos costes reconocidos, ya sean los de mercado, los regulados y los de comercialización.

Si durante el desarrollo normativo del real decreto ley a las comercializadoras de referencia no se les reconoce la posibilidad de repercutir al cliente el coste adicional del bono social, podrán recurrir ante los tribunales al sentirse discriminadas con respecto a las comercializadoras de mercado, y muy probablemente ganarán.

La jurisprudencia acumula ya numerosos ejemplos de empresas con actividades reguladas que denuncian una insuficiencia de ingresos y que ganan en los tribunales. Las propias comercializadoras de referencia han logrado recientemente que el Tribunal Supremo les dé la razón y obligue al Gobierno a reconocerles un margen de comercialización suficiente.

Precisamente, el real decreto en el que se les revisa al alza este margen para cumplir con el Supremo, el 469/2016, publicado el pasado 25 de noviembre, también reconoce a estas comercializadoras reguladas su capacidad para repercutir al cliente el Fondo Nacional de Eficiencia Energética, cuyo coste, como el bono social, también había cargado el Gobierno a las empresas.

Las fuentes consideran que lo ocurrido con este fondo de eficiencia es un caso análogo al bono social. Las empresas denunciaron ante los tribunales la obligación de costearlo y el Gobierno les ha reconocido la posibilidad de trasladar este coste al consumidor final, sin esperar la resolución judicial.

Las comercializadoras de mercado también dispondrán de margen para recurrir, ya que al repercutir el coste del bono social al consumidor verán cómo sus ofertas pierden atractivo con respecto a un PVPC que no incorpora este importe y que se convertirá en una «tarifa subsidiada» en la que no se reconocen todos los costes.

«El PVPC es un agente recaudador del sistema que se calcula recogiendo todos los costes, y que no recoja un coste nuevo para la comercializadora, en este caso el bono social, plantea un debate jurídico serio», asegura un abogado especializado en Energía de una firma que ha trabajado en cuestiones regulatorias con las principales eléctricas.

En la actualidad existen cerca de 25 millones de consumidores domésticos con derecho al PVPC, de los que algo más de la mitad tiene un contrato en el mercado libre. El bono social funciona como un descuento del 25% para diversos colectivos considerados vulnerables.

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