Nos van. aponer la retaguardia como la bandera del Japón (Prepárense para disfrutar: Sánchez ocultó en campaña una brutal subida de impuestos a las clases medias).
Y que el personal no se queje ahora, porque en buena medida es lo que votó el 28 de abril de 2019 (Despilfarro sin control de Pedro Sánchez: enchufa a su asesor a 550.000 euros al año).
Entre los primeros objetivos del Gobierno Sánchez, una vez se renueve tras la victoria electoral del PSOE del pasado domingo, está el incrementar la capacidad fiscal de las Administraciones Públicas con el fin de mejorar los ingresos y poder aumentar el gasto social.
Para ello, ya en el proyecto de Presupuestos Generales del Estado que Moncloa no logró sacar adelante hace unos meses, el Ejecutivo previó, para generar recaudación adicional, medidas por valor de 5.654 millones.
Sin embargo, estas iniciativas no serán aprobadas ya hasta bien entrado el año en la nueva legislatura.
Explica Eduardo Ortega Socorro en ‘El Economista’ este 2 de mayo de 2019, que si el Gobierno quiere mantener sus perspectivas de ingresos y equilibrarlos con los gastos tendrá que aplicar retroactivamente las alzas fiscales propuestas, de manera que se apliquen en todo 2019.
Y se trata de algo que el Ejecutivo está habilitada a hacer. La ley lo permite. Según explica Jesús Sanmartín, presidente de la sección de asesores fiscales (REAF) del Consejo General de Economistas, «sí que hay posibilidad legal de ampliar una subida fiscal aprobada con el año empezado retroactivamente, hasta enero», sobre todo en el caso de impuestos que se liquidan anualmente.
En cualquier caso, la iniciativa parlamentaria o proyecto de ley con la que se apliquen los futuros cambios tributarios tendrían que reflejar esta retroactividad en el articulado para poder aplicarla.
«Es una medida que el Tribunal Constitucional ha avalado durante la crisis económica, y sobre el papel se puede hacer, aunque no sobre todas las figuras fiscales», indican fuentes profesionales con experiencia en la Agencia Tributaria.
«Se podría llevar a cabo con el Impuesto sobre Sociedades y con el IRPF, pero no con el IVA. Tampoco es viable con tributos sobre cuya recaudación no hay experiencia», lo cual permite descartar las tasas Google y Tobin, ambas en los planes de futuro de los socialistas pero que se tienen que tramitar como proyectos de ley.
Judicialización
En cualquier caso, de llevarse a cabo este tipo de retroactividad fiscal, Sanmartín avisa que se podría generar una judicialización similar a la que provocó la puesta en marcha del pago fraccionado de Sociedades y el adelanto de recaudación de las empresas.
Por ello, otras fuentes consideran que una medida semejante a la retroactividad impositiva «no es factible, aunque fuera la única fórmula para asegurar los planes de ingresos del Gobierno. La reacción popular sería muy negativa».
Además, valoran que, si «no se despilfarra» en gasto, no sería necesario aplicar esta fórmula, al menos no ahora que se ha confirmado que el objetivo de déficit del 1,3% del PIB para 2019 pasará a ser del 2%, cuando las Cortes se vuelvan a poner en marcha y se pueda aprobar una nueva senda de estabilidad.
Con su reforma fiscal, el Gobierno de Sánchez pretende activar un incremento del IRPF de dos puntos para las rentas superiores a los 130.000 euros, y de cuatro para los que ganen más de 300.000.
Además, el tipo de rentas del capital subirá al 27% en las que estén por encima de los 140.000 euros. Además, se plantea un incremento de un punto en el impuesto a los grandes patrimonios para las grandes fortunas de más de 10 millones de euros.
Por otro lado, en Sociedades se prevé un paquete de medidas con el fin de incrementar las aportaciones de las grandes empresas a las arcas públicas.
Por un lado, se limitarán las exenciones para evitar la doble imposición que resultan de aplicación a los dividendos y plusvalías generados en el exterior como consecuencia de su participación en sociedades filiales, pasando del cien por cien actual al 95%, «de acuerdo con el marco establecido para la fiscalidad de estas operaciones en la normativa de la Unión Europea», matiza el Gobierno.
Por otro lado, se exigirá una tributación mínima, en palabras del Ministerio de Hacienda, «cuota líquida mínima», de un 15% sobre la base imponible positiva del Impuesto de Sociedades, que será del 18% en el caso de las entidades financieras y de las empresas de hidrocarburos.
Esta medida afectará solamente a los grupos que tributan en régimen de consolidación fiscal y a las empresas no integradas en grupos cuyo importe neto de la cifra de negocios sea igual o superior a 20 millones de euros.