Se da más agilidad y eficacia a los procesos judiciales de desahucio e impago de rentas para evitar abusos y demoras injustificadas, salvaguardando en todo caso los derechos y garantías de los inquilinos de buena fe
El desahucio exprés ya esta aquí.
El Congreso ha aprobado la Ley de Fomento del Alquiler. Los propietarios de viviendas en alquiler podrán echar a los inquilinos «non gratos» de manera más rápida y evitar así los eternos procesos judiciales.
AGILIZAR LOS TRÁMITES
La nueva normativa busca agilizar los trámites judiciales que debe afrontar el propietario de una vivienda para desalojar a inquilinos morosos y cobrar las rentas pendientes.
El documento plantea la ejecución directa del desahucio en un plazo «no superior a 15 días y sin ulteriores trámites» en el caso de que los inquilinos no cumplan con el plazo acordado para el desalojo voluntario, no inferior a 15 días y que se puede alargar hasta un año.
En un comunicado del Gobierno, entre otros aspectos, resume que:
- Se da más agilidad y eficacia a los procesos judiciales de desahucio e impago de rentas para evitar abusos y demoras injustificadas, salvaguardando en todo caso los derechos y garantías de los inquilinos de buena fe.
- Los arrendadores podrán resolver el contrato de alquiler si necesitan la vivienda para que sea ocupada por sus hijos o sus padres, siempre que esta posibilidad quede consignada previamente en el contrato de arrendamiento.
- Se flexibiliza la mayoría requerida para que las comunidades de propietarios afronten la realización de obras de mejora de la eficiencia energética de sus edificios y viviendas.