Madrid. El Ayuntamiento crea la figura del «agente rehabilitador» en sustitución del propietario

La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid aprobó inicialmente este jueves la nueva Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones, que incluye como novedad la figura del «agente rehabilitador» por sustitución del propietario para acometer obras de rehabilitación en los edificios y contribuye a mejorar la accesibilidad de los inmuebles.

Según informó en rueda de prensa el vicealcalde, Manuel Cobo, la nueva ordenanza será sometida a un periodo de información pública de 30 días naturales contados desde el siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y, una vez estudiadas y, en su caso, incorporadas las alegaciones que se presenten, se remitirá al Pleno municipal para su aprobación definitiva.

Entre las novedades de la ordenanza, figura también la creación de un Registro de Edificios y Construcciones en el que se inscribirán los inmuebles de más de 30 años y que permitirá tener una imagen fiel del estado del parque inmobiliario de la capital, ya que, según Cobo, recogerá también todos los datos, actos y resoluciones relacionadas con el cumplimiento de las obligaciones urbanísticas de los propietarios en relación con los deberes de conservación y rehabilitación.

Pero la principal novedad será la creación de la figura del «agente rehabilitador» en sustitución del propietario prevista en la Ley del Suelo, que hará posible la ejecución de obras de rehabilitación de elevado coste cuando el propietario no las acomete. Con esta figura se refuerzan las medidas actuales para garantizar que las obligaciones de conservación y rehabilitación que competen a los propietarios sean realizadas por ellos.

Ello significa que la rehabilitación podrá llevarse a cabo por terceros que acrediten solvencia, mediante un sistema basado en criterios de publicidad y concurrencia. Se convocará un concurso que deberá expresar el precio a satisfacer por el adjudicatario de la rehabilitación al propietario del edificio y, en su caso, el modelo de convenio para el pago en especie concretado en locales, viviendas o metros cuadrados del edificio a conservar o rehabilitar, así como el plazo de ejecución de las obras.

Como novedades, la ordenanza, que sustituye a la actualmente vigente, que data de 1999, establece también que la Inspección Técnica de Edificios (ITE) deberá incluir información relativa al comportamiento energético de los edificios; e incorpora el concepto de accesibilidad y calidad urbana.

El objetivo es, según indicó Cobo, garantizar la conservación y mejora de todos aquellos elementos que contribuyan a tener itinerarios más seguros y practicables para las personas con discapacidad.

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