VIVIENDA

Esto es lo que debes saber antes de firmar un contrato de compraventa de una vivienda

Esto es lo que debes saber antes de firmar un contrato de compraventa de una vivienda
Esto es lo que debes saber antes de firmar un contrato de compraventa de una vivienda RS

Toma nota. El contrato de compraventa de una vivienda es un acuerdo entre dos partes por el que una persona (el vendedor) se compromete a entregar un inmueble determinado a otra (el comprador) a cambio de una cantidad de dinero acordada. Este documento, que formaliza una transacción, conlleva también una serie de obligaciones y derechos para cada una de las partes. Por eso, antes de firmar dicho documento es aconsejable que tanto comprador como vendedor tengan en cuenta los siguientes aspectos, según recoge el autor original de este artículo CENTURY21 vía fotocasa y comparte Francisco Lorenson para Periodista Digital.

Documento público o privado
Ambos son perfectamente válidos, pero lo recomendable es que el documento sea público (ante notario) ya que el comprador así lo necesitará a la hora de acudir al registro para inscribir la compra y para que el inmueble figure a su nombre. Esto evitará posibles consecuencias jurídicas futuras, ya que el privado no ampara al comprador como lo hace la escritura pública y, además, el hecho de realizar la gestión ante notario aporta para ambas partes una mayor seguridad. Sin embargo, la emisión de un documento privado es una práctica bastante común, en la mayoría de los casos para evitar un gasto más. Cuando se dan estas circunstancias, se recomienda pactar en ese documento privado la fecha en que será elevado a público, a ser posible en cuanto antes, si no se ha establecido desde el principio.

Lo que debe aparecer en el contrato
En el contrato de compraventa no puede faltar el precio de la vivienda, el reparto y pago de gastos e impuestos y la forma de pago. También se tiene que detallar la información sobre las partes (comprador y vendedor) y la información de la vivienda, con una descripción detallada del inmueble y sus anexos (garaje, trastero…), la superficie útil, su situación geográfica, las zonas comunes y la comunidad de propietarios. También deben constar las cargas, en el caso de que las tuviera, así como las condiciones de subrogación de hipoteca, si la hubiera. Además, debe aparecer la fecha de entrega de las llaves y el plazo para otorgar la escritura pública.

Si se tienen en cuenta todas estas recomendaciones, en principio la firma del contrato de compraventa no debería resultar problemática. Pero para garantizar que la transacción se hacer con plenas garantías, es recomendable dejarse aconsejar por asesores inmobiliarios expertos como, por ejemplo, los profesionales de la red CENTURY21 España, la mayor red inmobiliaria del mundo.

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