AUMENTAN LOS IMPAGOS EN LAS COMUNIDADES DE VECINOS

El Tribunal Supremo fija el plazo para reclamar el impago de comunidad al deudor

El Tribunal Supremo fija el plazo para reclamar el impago de comunidad al deudor

La crisis económica a causa de la pandemia por coronavirus está siendo un auténtico suplicio para muchas familias en España. Aquellos que tienen una vivienda de propiedad deben afrontar el pago de la hipoteca y otros gastos adicionales como el pago de la comunidad de vecinos.

Debido a esta complicada situación, ha habido un incremento de morosidad en los últimos meses. Tal y como ha explicado Salvador Salcedo, socio del despacho Ático Jurídico, al portal inmobiliario Idealista, una reciente sentencia del Tribunal Supremo especifica cuál es el plazo para reclamar el impago al vecino moroso.

Tal y como explica Idealista, la ley establece que «el propietario de un inmueble en régimen de propiedad horizontal está obligado a contribuir a los gastos generales, con arreglo a su cuota de participación. De manera que el propio inmueble responde y está afecto al pago de las cantidades adeudadas a la comunidad de propietarios».

De forma que a raíz de la crisis por el coronavirus, está proliferando la situación de morosidad de muchos propietarios en la comunidad de vecinos. 

Plazo de cinco años

«La situación de impagos por la pandemia puede agudizarse si el vecino deudor no manifiesta abiertamente sus dificultades al presidente o administrador. Dejar de pagar sin más no es aconsejable. Es preferible, por embarazoso que resulte, hablar claro y solicitar una moratoria o el fraccionamiento de los pagos. De lo contrario, lo previsible es que la reclamación pueda acabar en los tribunales, generándose tensiones y más gastos», explica Salvador Salcedo al portal.

La reclamación de las cantidades pendientes al vecino suele realizarse a través de una vía judicial de reclamación de deudas de cualquier importe. Su tramitación suele ser rápida y no necesita en principio la intervención de abogado ni procurador.

Pero, ¿cuál es el plazo para reclamar al vecino? Recientemente, el Tribunal Supremo crea jurisprudencia con una sentencia dando un plazo de cinco años.

«La demanda presentada frente al vecino moroso lo fue en reclamación de los gastos generales pendientes de los últimos ocho años. La cuestión de fondo discutida era el plazo de prescripción para reclamar tales gastos de comunidad. Considerando la parte demandante que podía reclamar los gastos pendientes de hasta los 15 años anteriores, y el vecino deudor únicamente de los últimos cinco años. Según lo establecido en los artículos 1964 y 1966.3 del Código Civil, respectivamente», relata el portal.

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