Tras la sentencia que da la razón a la App

Wallapop podrá seguir manteniendo su marca y utilizar el término ‘Walla’ en sus campañas

Wallapop podrá seguir manteniendo su marca y utilizar el término 'Walla' en sus campañas
Wallapop ITMK

Wallapop podrá seguir manteniendo su marca y utilizar el término ‘Walla’ en sus campañas, tras una sentencia del Juzgado Mercantil número 2 de Barcelona que da la razón a la ‘app’ de compraventa geolocalizada ante la demanda de Unipreus al no existir riesgo de confusión entre las actividades de ambas entidades.

En concreto, el juez considera que no existe infracción marcaria alguna ni acto de competencia desleal con la empresa Unipreus y señala en este sentido que «es difícil apreciar la finalidad de aprovechamiento del éxito ajeno».

Según la sentencia, las dos entidades operan en sectores y mercados diferentes y los modelos de negocio son completamente distintos, al constatar que Wallapop no tiene limitación geográfica ni servicios de venta minorista, a diferencia de la actividad de la otra empresa. Además, el juez considera que la expresión ‘Walla’ no puede monopolizarse por parte de la empresa minorista de prendas de vestir, calzado y deporte Unipreus en cuanto exclamación popular de sorpresa, ya que dicha compañía no tiene la marca registrada.

El juez señala que, tal y como ha argumentado Wallapop en su defensa, queda perfectamente distinguida la actividad de ambas compañías, ya que «Wallapop es una ‘app’ que facilita el contacto entre personas que quieren comprar y vender toda clase de artículos de segunda mano», mientras que Unipreus se dedica a la venta directa. Además, según la sentencia, los objetos en Wallapop son de segunda mano, usados o no, pero no pueden considerarse nuevos, ya que tienen cierta antigüedad, mientras que los que comercializa Unipreus son nuevos.

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