Cinco años de cárcel para la dueña de un pub por exceso de ruido

(PD).- La sección 21 de la Audiencia Provincial de Barcelona ha condenado a cinco años y medio de prisión a la dueña de un ‘pub’ por contaminación acústica y por «perturbar la salud física y psíquica» de tres vecinos del inmueble, en el que estaba situado el establecimiento.

La condenada es María del Carmen Ahijado, propietaria entre abril de 2005 y mayo de 2006 del bar ‘Donegal’, situado en los bajos del número 44 de la calle Nou de la Rambla de Barcelona.

La mujer, según declara probado la sentencia, instaló en su bar, sin permiso administrativo, un equipo de música con cinco altavoces distribuidos por todo el local que generaban ruido desde las nueve de la mañana a las tres de la madrugada.

Este ruido «ha perturbado gravemente la vida familiar y la salud física y psíquica» de los vecinos del primer piso, que precisaron atención psiquiátrica por un transtorno depresivo y debieron tomar ansiolíticos.

Una inspección municipal realizada en septiembre de 2005 en el domicilio de los afectados detectó que a las 22.30 horas los vecinos soportaban emisiones de ruido de más de 43 decibelios, muy superiores a las permitidas en la franja nocturna, por lo que los inspectores propusieron que se exigiera a la dueña del local la adecuación a la normativa medioambiental vigente.

A pesar del requerimiento del consistorio para que la dueña del pub adaptara la instalación musical a lo dispuesto en materia de ruido, la mujer lo ignoró, y el vecino perjudicado formuló una nueva denuncia en la que solicitaba la clausura de la actividad, a lo que se negó el jefe del departamento de Licencias e Inspección al considerar desproporcionada la medida, según figura en la sentencia.

Ante esta situación, el vecino formuló una denuncia en diciembre de 2005 ante la Fiscalía de medio ambiente del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).

Una nueva inspección del departamento de licencias del distrito de Ciutat Vella de Barcelona constató en enero de 2006 que el establecimiento seguía sin ser insonorizado y que el nivel de ruido causado en el dormitorio de los perjudicados en horas nocturnas era de una media de 30,8 decibelios.

Tras esta nueva inspección, el consistorio propuso la clausura del bar musical, que se ejecutó en febrero de 2006, pero la dueña rompió los precintos municipales y puso en funcionamiento el local de nuevo, ignorando el cierre municipal.

Poco después, y en función de la denuncia ante la Fiscalía del TSJC, miembros de la Policía Judicial y técnicos de la Oficina de Gestión Ambiental del Departamento de Medio Ambiente de la Generalitat instalaron sonómetros y tomaron muestras en el domicilio de los perjudicados, que dieron niveles de emisión que oscilaban entre los 29 y los 42 decibelios.

Estas emisiones vulneran los límites establecidos en la normativa medioambiental vigente, «suponiendo un grave riesgo para la salud de las personas que habitan en el piso primero del número 44 de la citada calle», se afirma en la sentencia.

En el juicio, la acusada negó los hechos y explicó que pagó a un funcionario municipal para permitirle que el pub siguiera funcionando, unas acusaciones que negaron fuentes municipales

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