Indemnizan a dos gemelas separadas al nacer y reencontradas tras 28 años

(pd).- Las cuatro afectadas por el error descubierto 28 años después recibirán 900.000 euros. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Las Palmas de Gran Canaria ha dictado una sentencia en la que condena al Gobierno de Canarias a indemnizar con 360.000 euros a una hermana gemela que fue separada de su familia biológica por un error en la sala de incubadoras del antiguo hospital Nuestra Señora del Pino en la capital grancanaria en marzo de 1973.

Al mismo tiempo, obliga también a pagar otros 180.000 euros a la otra gemela que sí vivió con su madre biológica, así como a la madre y a la niña (hoy ya adulta) que fue cambiada por la gemela separada.

La resolución, dictada por la magistrada María Olimpia del Rosario y dada a conocer este martes por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), estima parcialmente el recurso presentado por las protagonistas de esta historia, que prefieren guardar su anonimato y que se conocieron por casualidad 28 años después.

El caso salió a la luz pública el año pasado cuando las dos gemelas demandaron a la Sanidad canaria tras reencontrarse en el año 2001, gracias a una dependienta de un comercio de la capital grancanaria que descubrió el extremo parecido de dos de sus clientas y promovió un encuentro entre ellas.

La gemela separada de su familia biológica reclamaba tres millones de euros de indemnización. El letrado que la asiste, Sebastián Socorro, ya ha anunciado que recurrirá la sentencia, al entender que no se ha realizado «una ponderación entre el daño causado y la cuantificación económica del mismo». «No se ha tomado en consideración la necesidad de reparar íntegramente el daño que se le ha causado», ha dicho.

El abogado José Rodríguez Peregrina, que defiende a las otras tres partes, reclamaba una indemnización con 360.000 euros respectivamente para sus clientes.

La sentencia —contra la que cabe interponer recurso— declara la responsabilidad patrimonial del Servicio Canario de Salud, dependiente del Ejecutivo regional, y le condena a pagar 360.000 euros a la gemela que vivió toda su vida separada de su verdadera familia y 180.000 euros a cada una de las otras tres afectadas.

Daño moral ‘leve’

La cuantía de las indemnizaciones tiene «en cuenta que el daño moral sólo puede concentrarse en los períodos desde el conocimiento del intercambio hasta la reclamación en vía administrativa». Estima la juez que «el efecto» del daño moral producido es leve y no tuvo una mayor repercusión en sus vidas que «las evidentes para un suceso tan extraordinario».

Por ello, la magistrada estima «ajustada a derecho» que la gemela que vivió con su madre biológica, ésta última y también la hija no biológica de la madre de las gemelas perciban 180.000 euros, y que la otra gemela perciba una indemnización mayor, debido a que «se le causaron mayores perjuicios al no contar con ningún tipo de relación con sus familiares biológicos y haberse agravado su penosidad durante el tratamiento de la enfermedad grave que le fue diagnosticada, que seguramente se habría aliviado en parte de conocer la existencia de una hermana gemela».

El Gobierno canario ha manifestado que, en todo momento, la asistencia sanitaria «fue la adecuada» en este caso. Sin embargo, la juez señala que el hecho de que existió una disfunción es evidente, pues de las pruebas técnicas aportadas (informes del Servicio de Genética Forense de la Facultad de Ciencias Médicas y de la Salud de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria) se desprende que quienes hasta ahora se consideraban hermanas no lo son, y que una tercera niña sí es gemela de una de las anteriores, aunque convivía con familia distinta, sin tener relación alguna.

La gemela separada fue confundida y cambiada por otra bebé sietemesina, nacida tres días antes. Como consecuencia del intercambio, fue a parar a otros padres, cuya verdadera hija ocupó el lugar de la otra melliza.

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