Pornografía infantil

La Audiencia condena a casi 6 años de cárcel a la madre por vender fotos de su hija desnuda

La mujer enviaba a la adolescente, de 15 años, a encuentros cara a cara con hombres para que recibiera dinero a cambio de las imágenes

La Audiencia condena a casi 6 años de cárcel a la madre por vender fotos de su hija desnuda
Selfies pornos que circulan por Internet. EP

No tiene nombre ni perdón de Dios. La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a E.S.T., nacida en Arboleas (Almería) hace 44 años, a cinco años y medio de cárcel por un delito de corrupción de menores y otro de abandono de familia contra su hija, que contaba con 15 años en el momento de los hechos.

Estos, como explica con todo detalle la sentencia, consistían en hacer fotos a la niñal, «con faldas cortas, tacones, maquillaje, ropa de baño o interior, desnuda, así como adoptando poses y posturas provocativas, que después exhibía subiéndolas a un portal de encuentros a cambio de dinero».

Igualmente, en la sentencia, de fecha de 29 de octubre, el tribunal absuelve a J.L.O.R., nacido en Barakaldo (Vizcaya) y de 52 años, de un delito de corrupción de menores.

Conocido como «el ángel de la guarda», estaba acusado por ser uno de los presuntos compradores del material fotográfico a cambio de dinero, que le entregaba directa a la hija de la condenada, para quien la Fiscalía solicitaba ocho años y medio de prisión.

En los hechos probados, la sentencia expone que la acusada tiene cuatro hijas: L.G.S. (mayor de edad a la fecha de denuncia), N.G.S. (nacida en el año 2000 y con 15 años en el momento de los hechos), E.G.S. (2007) y T.S.S. (2008).

La facinerosa convivía con sus tres hijas menores y fotografió a dos de ellas mientras se bañaban o cuando se encontraban desnudas jugando por la casa, apareciendo en algunas de ellas los genitales de las mismas.

Con el fin de obtener un rédito y al menos desde el año 2012, la madre ahora condenada pidió a una de sus hijas que se fotografiara con faldas cortas y con tacones, maquillada, en ropa de baño, incluso en ropa interior que no se correspondía a su edad o muy ligera de ropa, indicándole cómo debía ponerse, colocándole en poses provocativas, poniéndole dos coletas y un chupete, con la intención de ofrecer estas fotos a la venta a través de Internet.

Además, entre los años 2014 y 2015, expuso a la menor a contactos por Internet a través de videoconferencia, en los que la menor mantenía encuentros con clientes que su madre conseguía y siguiendo sus indicaciones, la niña incluso se desnudaba ante la cámara.

A cambio, la madre recibía dinero y cuando menos en una ocasión, uno de los clientes le pagó haciéndole una compra en un supermercado, acompañando al individuo durante la misma.

Posteriormente, la madre y sus tres hijas se trasladaron a vivir al domicilio de una conocida de la ahora condenada en Sevilla.

También allí continuó tomando fotografías de sus hijas. Con la finalidad de cobrar algunos de los servicios (entrega de fotografías o vídeos), la acusada enviaba a su hija a citas que ella concertaba con las personas a las que suministraba el material antes mencionado, individuos a los que no conocía de nada y quienes sin más se veían con la niña en zonas públicas, entregándole dinero.

A mediados de 2015 y a través de una página de contactos, la acusada contactó con el también acusado, J.L.O.R., conocido como «ángel de la guarda», a quien le hizo llegar algunas imágenes de su hija de 15 años, llegando éste a interesarse «mucho por ella así como a entregar distintas cantidades de dinero en diversas ocasiones en la primavera-verano de 2015 que oscilaban entre cien y mil euros y que debía de recoger la chica».

El acusado, cuyo domicilio se encontraba en Madrid, no tenía inconveniente en viajar hasta Sevilla, con la intención de ver en persona a la menor, a quien llegó a manifestarle que estaba enamorado de ella, proponiéndole que se marchara con él a Madrid.

A la Sala «no le cabe duda» de que la acusada ha incurrido en un delito de abandono de familia, al haber ‘incumplido los deberes de la patria potestad y guarda respecto de tres de sus hijas menores de edad.

Aunque la acusada pasara dificultades económicas o tuviera una situación que le dificultara proveer las necesidades materiales de sus hijas, ha incurrido, según el tribunal, en una «real situación de abandono, despreocupándose de las mismas, sin que procurara tenerlas en su compañía y haciendo una absoluta dejación de sus funciones como madre dejándolas en manos de terceros que ningún vínculo tenían con las niñas y a las que conocían desde hacía poco tiempo».

Por su parte la defensa argumenta que no se ha tenido en cuenta «la penosa situación de indigencia económica de la madre» y ha anunciado que recurrirá la sentencia.

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