La habitación parecía «una sala de tortura»

(PD).- La Audiencia de Barcelona ha condenado a 83 años y tres meses de cárcel a Pedro Jiménez por el asesinato de dos agentes leonesas de la Policía Nacional que hacían sus prácticas en Barcelona.

El crimen de Silvia Nogaledo, de 28 años y natural de Noceda del Bierzo, y Aurora Rodríguez, de 23 y nacida en Toral de los Guzmanes, se perpetró en el piso que ambas compartían en Hospitalet de Llobregat, el 5 de octubre de 2004, cuando el condenado disfrutaba de un permiso penitenciario.

La sentencia considera a Pedro Jiménez culpable de dos delitos de asesinato con alevosía y ensañamiento, una agresión sexual, una profanación de cadáver, un allanamiento de morada, un robo con violencia, un robo con fuerza en grado de tentativa, un incendio y un quebrantamiento de condena. El fiscal pedía 102 años y once meses de prisión.

La sentencia establece que Pedro Jiménez, de 39 años y en prisión gran parte de su vida, estará en la cárcel por estos hechos el máximo legal de 40 años. Los beneficios penitenciarios que pudiera obtener se le aplicarán sobre el total de la condena, para evitar que quede libre al cumplir 30 años.

Indemnización y multa
Jiménez tendrá que indemnizar a los familiares de las víctimas con cantidades que van de los 30.000 a los 300.000 euros, en una suma total de 780.000.

También deberá pagar una multa de 2.160 euros al dueño del piso donde vivían las jóvenes, por los daños que causó al incendiarlo «con la más que probable intención de destruir pruebas en la escena del crimen», según la Audiencia.

La Sección Sexta afirma que aunque no hay testigos directos de los hechos, la «prueba indiciaria es abrumadora».

La sentencia enumera todas las pruebas, entre ellas, el ADN del acusado hallado en los cuerpos de la mujeres, los pelos, una huella dactilar en un cinturón, una pisada de sangre, la ropa y los objetos sustraídos en la casa, así como las grabaciones de cámaras que sitúan a Pedro Jiménez en el lugar y a la hora en que se produjeron los dos crímenes.

Según el Tribunal, «la abrumadora existencia de indicios suficientemente acreditados (…) solamente puede llevar a la conclusión de que el acusado fue el autor de ambas muertes».

En su declaración, el condenado negó los asesinatos, aunque reconoció que había ido a la vivienda a recoger un paquete de droga, y que mantuvo relaciones consentidas con una de las jóvenes. «No ha tenido ningún reparo en intentar mancillas la memoria de las víctimas», resalta la sentencia.

La defensa de Pedro Jiménez pidió su absolución y puso en duda que el procesado, dada su escasa estatura, pudiera reducir a las dos policías. La sentencia alude al «efecto intimidatorio que un arma tan peligrosa como es una navaja del tipo «mariposa» puede ejercer sobre cualquier persona».

Añade el Tribunal que «el hecho de tratarse de policías en período de prácticas pudo llegar a perjudicarlas pues, en cuanto recién salidas de la academia, de seguro intentaron aplicar enseñanzas allí recibidas respecto de la importancia de mantener la calma en situaciones de peligro y esperar el momento oportuno para reaccionar, evitando riesgos innecesarios, sobre todo si pensaron que el móvil del ataque era exclusivamente el robo».

Ello explicaría que ni gritaran ni se defendieran.

La sentencia añade que «cuando pudieron ser conscientes de que lo que se les venía encima era la muerte, estaban ya inmovilizadas, atadas, amordazadas y absolutamente indefensas».

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