(PD).- El Juzgado de lo Penal número 2 de Santander ha condenado a ocho meses de prisión y al pago de una multa de 2.880 euros a una mujer que presentó una denuncia falsa contra su jefe al que acusó que rasgarle las medias y la ropa interior y de intentar penetrarla, cuando lo cierto es que ambos tenían una relación desde hacía tres años y la noche de los hechos mantuvieron relaciones sexuales consentidas sin mediar ninguna agresión.
Según se explica en una sentencia conocida hoy, la mujer, Concepción P.B., se presentó la madrugada del 21 de marzo de 2005 ante el equipo de mujer y menores de la Guardia Civil para denunciar a su jefe, con el mantenía una relación sentimental al menos desde tres años antes.
En su denuncia, la mujer aseguraba que la tarde anterior su jefe la había sacado violentamente de una discoteca de Solares, en la que la sorprendió con su novio, y la había obligado a subirse en su moto para llevarla a las afueras de la población, donde, según decía, la insultó, golpeó y arrastró.
La condenada, acusaba también a su jefe de arrancarle las medias y la ropa interior, de rasgarle la camiseta y de pedirle favores sexuales, hasta terminar lanzándola al suelo e intentando penetrarla pero sin conseguirlo.
A raíz de aquella denuncia, el juzgado de Instrucción número 2 de Medio Cudeyo incoó diligencias previas y llegó a dictar orden de protección impidiendo al jefe aproximarse y comunicarse con la mujer, pero las actuaciones fueron finalmente archivadas el 16 de noviembre de 2005.
Ahora, la condenada es la mujer porque, según destaca el titular del Juzgado de lo Penal número 2, la acusada presentó la denuncia «a sabiendas de su total falsedad», ya que el día de los hechos accedió «voluntariamente» a marcharse con su jefe –con el que discutió porque él había descubierto que tenía otro novio– y mantuvieron relaciones sexuales «que en todo momento fueron consentidas» por la mujer.
En consecuencia, el Juzgado la condena por un delito contra la administración de justicia, por denuncia falsa. La pena, en la que se aplica la atenuante de dilaciones indebidas, será de ocho meses de prisión y multa de seis euros diarios durante 16 meses (2.880 euros). Además, deberá pagar las costas del juicio.