Condenados dos ‘mossos’ por romper el brazo a un detenido mientras lo esposaban

(PD).- La Audiencia de Barcelona ha condenado a dos mossos d’esquadra a medio año de prisión cada uno por haber roto el brazo a un detenido al emplear medios de inmovilización «brutales» cuando intentaban esposarlo en un calabozo de la comisaría barcelonesa de Les Corts.

En su sentencia, la sección novena de la Audiencia de Barcelona condena a los dos agentes, José María Vega y Francesc Xavier Noguer, por un delito de lesiones y les impone el pago de una indemnización de 111.729 euros a la víctima, que asumiría la Generalitat como responsable civil subsidiaria.

El tribunal ha absuelto a otros dos mossos que estaban acusados por este caso de abuso policial, ocurrido en abril de 2006 y que fue uno de los que motivaron la instalación de cámaras de vigilancia en las comisarías de los Mossos d’Esquadra un año después.

«Conscientes del exceso»

Pese a que la Fiscalía acusaba a los agentes imputados de lesiones por imprudencia, el tribunal considera que fueron dolosas, ya que los procesados eran conscientes del «grave exceso que cometían» y habrían podido evitar el daño «moderando simplemente la fuerza empleada».

Según cree probado el tribunal, el caso ocurrió el 28 de abril de 2006, cuando la víctima, Aliou Bobo, de nacionalidad senegalesa, comenzó a alterarse y a golpear los barrotes de la celda de la comisaría de Les Corts en la que estaba encerrado, por lo que los agentes procedieron a esposarlo.

El detenido forcejeó para impedir su inmovilización y obligó a intervenir a cuatro agentes en la maniobra, en la que uno de los condenados le retorció el brazo con fuerza, mientras que el otro le aplicaba sobre el mismo todo el peso de su cuerpo poniéndole encima la planta del pie.

De forma coordinada, los dos agentes aplicaron «de forma excesiva» sobre el brazo de la víctima dos fuerzas contrapuestas en forma de palanca y le fracturaron la parte inferior del húmero, aunque en el momento no se percataron de la lesión que habían provocado.

Fuerza demasiado grande

Aunque, para la Audiencia, los agentes no actuaron con la intención directa de causar lesiones a la víctima, es «indudable» que la fractura se produjo porque desplegaron en la maniobra de esposar una fuerza «de entidad muy superior a la usualmente empleada en esas operaciones por agentes policiales».

En opinión de los jueces, el hecho de que los acusados emplearan una fuerza «desproporcionada» y medios de inmovilización «sin duda conceptuables como brutales para el entender de cualquier ciudadano medio» demuestra que eran conscientes del «grave exceso» que cometían.

Aun así, prosigue la sentencia, los acusados decidieron proseguir con «una actuación generadora de un efectivo menoscabo físico, que les es tanto más reprochable a esos agentes» cuanto que están obligados por la ley a velar por la integridad física de las personas a quienes detienen.

Sin toda la credibilidad

La Audiencia no ha dado total credibilidad a la versión del acusado, que en el juicio declaró haber recibido una «lluvia de golpes» por parte de una decena de agentes y acusó a los policías de haber desoído sus gritos de auxilio, una vez quedó malherido en su celda.

En ese sentido, la sentencia concede el beneficio de la duda a los policías y admite que no oyeran el chasquido del hueso de la víctima al romperse, dado el «alboroto y griterío imperante en la celda durante el incidente».

Tampoco acepta el tribunal la imputación de torturas que la acusación particular ejercida por la víctima mantenía contra los agentes, por considerar que al lesionarlo no perseguían sonsacarle información ni infligirle castigo alguno.

Esta sentencia es la tercera que en los últimos meses condena abusos policiales de los Mossos d’Esquadra, la más severa de ellas la que en noviembre pasado castigó a seis años de prisión a tres mossos d’esquadra por torturas.

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