Obligó a su pareja a mantener relaciones sexuales, tirándole del pelo, golpeándola de forma de reiterada y diciéndole «que la iba a follar, que iba a hacer lo que quisiera con ella»
Parece un relato de terror, pero no lo es. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha condenado a doce años y nueve meses de prisión a un vecino de Bonete, Albacete, como responsable de un delito de agresión sexual y otro de violencia de género.
Además el acusado, que durante el juicio consignó los 8.210 euros que se solicitaban como indemnización para la víctima, tendrá que mantenerse alejado de ella, durante un periodo de 13 años, como recoge La Verdad en el artículo «Cerca de 13 años de prisión para el bonetero acusado de agresión sexual«.
LOS HECHOS
El Tribunal ha considerado probado que sobre las siete de la mañana del 7 de diciembre de 2008, el procesado A.T.C., actuando con ánimo libidinoso, pidió a su pareja sentimental, M.C.A.N., que estaba tumbada en el sofá del salón, que subiera a la habitación, que se hallaba en el piso superior del domicilio que compartían. Ante la negativa de ésta, el ya condenado cortó el cable del brasero con unas tijeras, arrojó a su pareja un cubo de agua y la obligó a subir.
Ya en el dormitorio, le propinó diversos puñetazos en la cabeza y empujones, mientras la llamaba «puta, zorra» y la atemorizaba diciéndole que «la iba a matar, que no iba a ver más a sus hijos, que encendería un mechero para que explotase todo por los aires», poniéndole un machete en el cuello y clavándolo en el colchón en reiteradas ocasiones, llegando a herir a la mujer, cuando ésta trataba de defenderse.
Después el acusado trató de inmovilizar a la víctima con unas bridas, consiguiendo sólo colocarle una, a consecuencia de la resistencia que esta opuso.
«TE VOY A FOLLAR»
Tras esto obligó a su pareja a mantener relaciones sexuales, tirándole del pelo, golpeándola de forma de reiterada y diciéndole «que la iba a follar, que iba a hacer lo que quisiera con ella».
A pesar de que la mujer le decía llorando «que no quería», la penetró vaginalmente en dos ocasiones, con un intervalo de 15 minutos, llegando a eyacular en el jersey que portaba la misma.
Sobre las cuatro de la tarde de ese día M.C.A.N. al comprobar que el acusado se encontraba en el piso inferior, salió de la vivienda por una ventana, desde donde pidió auxilio a unos vecinos, que la ayudaron a bajar con unas escaleras.
A consecuencia de estos hechos, M.C.A.N. sufrió lesiones consistentes en esquimosis en brazo derecho, erosiones en dorso de la mano izquierda y zona tabaquera anatómica de mano derecha (estas últimas en número de tres paralelas, compatibles con los dientes de sierra del cuchillo intervenido) y dolor de cabeza.
Sólo requirió de una única asistencia facultativa, con desinfección local de heridas y analgésicos, tardando en curar siete días no impeditivos para sus ocupaciones habituales. Además a consecuencia de estos hechos, M.C.A.N. presenta un estado ansioso depresivo medio.
PEDÍAN LA LIBRE ABSOLUCIÓN
Dicha condena, queda muy lejos de la libre absolución solicitada por la defensa, que mantuvo en todo momento la inocencia de su cliente, quien dio una versión de los hechos muy diferente a la que explicó su antigua compañera sentimental y víctima de los hechos, asegurando que las relaciones sexuales mantenidas habían sido consentidas y que tan sólo habían tenido una discusión.