40 años de cárcel para unos padres acusados de maltratar a sus gemelas de tres meses

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Oviedo ha condenado este miércoles a una suma de cuarenta años de prisión -a razón de veinte para cada uno- a los padres de la localidad de Soto del Barco acusados de maltratar a sus tres hijos menores de edad y causar lesiones irreversibles a una de ellas, de tres meses de edad. El fallo absuelve a ambos del delito de lesiones en el ámbito familiar del que se les acusaba con respecto al hijo varón. Las defensas ya han anunciado su intención de recurrir.

Según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sala les considera autores de un delito de lesiones con deformidad en una de las gemelas, con la agravante de parentesco, por lo que condena a cada uno de ellos a la pena de doce años de prisión, inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad con sus hijos durante diez años y prohibición de aproximarse a la menor durante quince años.

Asimismo, la Audiencia les condena por un delito de lesiones con la agravante de parentesco en la persona de la otra gemela a la pena de cinco años de prisión y les prohíbe aproximarse a ella durante ocho años. Por último, el fallo les impone tres años de cárcel por un delito de violencia habitual, por el que les inhabilita además para ejercer la tutela de los menores durante cinco años.

En concepto de responsabilidad civil, el magistrado les condena a que indemnicen conjunta y solidariamente a las gemelas en 400.000 y 60.000 euros respectivamente por las lesiones y las secuelas, más los intereses.

El juicio se celebró a puerta cerrada el pasado 16 de febrero en la sección Segunda de la Audiencia Provincial de Asturias, con las declaraciones de los dos acusados, cinco médicos forenses, dos psicólogos, dos asistentes sociales de la Mancomunidad de las Cinco Villas, la concejala de deportes de Soto del Barco y el pediatra que atendía entonces a los menores, hoy bajo la tutela de los servicios sociales del Principado.

En el turno de fijación de posiciones, el fiscal pidió para cada uno de ellos 28 años de cárcel por tres delitos de lesiones y uno de violencia habitual, con la agravante de parentesco.

POR ACCION Y OMISION

Entre otros particulares, el magistrado considera que la madre es responsable de los delitos «por haber ejecutado directa, material y voluntariamente los hechos», mientras que el padre lo es «por omisión del deber de impedir su comisión».

Igualmente, el tribunal considera acreditado que a lo largo de los meses de enero y febrero de 2008 las gemelas «fueron objeto de golpes reiterados en diversas partes de su cuerpo, originados por acción directa de un tercero».

Además, y pese a señalar que la madre se responsabilizaba «en solitario» del cuidado, alimentación y crianza de los tres, considera «evidente» que «el acusado podía haber impedido que continuasen las agresiones que por la edad de los bebés únicamente podían ejecutarse en el propio domicilio familiar y por su compañera».

LOS HECHOS

Según el escrito del Ministerio Público, los acusados Elisabeth G.H. y Javier H.J. son pareja sentimental desde 2005 y tienen tres hijos, un niño nacido el 22 de septiembre de 2006 y las gemelas nacidas el 7 de noviembre de 2007. Todos ellos convivían primero en una chabola en Soto del Barco y desde el 7 de noviembre de 2007 en una vivienda social en la citada localidad.

El 4 de enero de 2008, una de las gemelas ingresó en el Hospital Central de Asturias (HUCA) por bronquiolitis, anemia y un golpe en la mejilla derecha. El 12 de febrero de 2008 ingresó de nuevo con contusiones cerebrales, fracturas esqueléticas y déficit de desarrollo motor, entre otras lesiones.

En la actualidad, la niña presenta secuelas irreversibles como parálisis cerebral, encefalopatía grave postraumática, así como gran invalidez irreversible, pese a haber nacido «sin evidencia de alteración cerebral alguna».

Su hermana gemela ingresó también el 13 de febrero de 2008 en el Hospital Central de Asturias con varios hematomas y heridas en la cara y con dos lesiones en la región inferior de las nalgas compatibles con quemaduras; además sufría, entre otras lesiones, fractura de tres costillas.

Siempre de acuerdo a la Fiscalía, desde los dos meses la menor no sujeta adecuadamente la cabeza, no sonríe y presenta irritabilidad y déficit psicomotor. En la actualidad, ha recuperado parte del retraso psicomotor aunque continúa con movimientos anómalos de cabeza que llevan a considerar que persiste una enfermedad psíquica grave.

Por su parte, el tercer hijo de la pareja, de 17 meses, ingresó en el centro hospitalario con hematomas y heridas en varias zonas del cuerpo.

Según el fiscal, «la totalidad de las lesiones causadas a los menores son compatibles con síndrome de niño maltratado y han sido causados por su progenitores de forma dolosa en fecha no concretada si bien próxima al ingreso hospitalario».

El 15 de febrero de 2008 el Juzgado de Instrucción número 1 de Oviedo suspendió provisionalmente la guarda y custodia de los acusados sobre sus hijos. El 27 de febrero del mismo año la Consejería de Bienestar Social declaró a los tres menores en situación de desamparo y asumió su guarda, acordando su acogimiento residencial en centros de protección.

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Autor

Sergio Espí

Sergio Espí, guionista y crítico de televisión de Periodista Digital, responsable de la sección 3segundos.

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