El ‘Cuco’ recibe «aliviado» la sentencia aunque insiste en que no estuvo en el piso de León XIII

El menor conocido como el ‘Cuco’, que ha sido absuelto por el Juzgado de Menores número 3 de Sevilla de la violación y el asesinato de la joven Marta del Castillo Casanueva, ha recibido «aliviado» el fallo aunque «descontento» con la condena a tres años de internamiento en régimen cerrado por un delito de encubrimiento, según ha informado a Europa Press su propio letrado, Fernando de Pablo.

En este sentido, el abogado del condenado ha indicado que, una vez le fue notificada la sentencia dictada por el juez de Menores número 1, Alejandro Vián, se la comunicó al menor, que la recibió «contento» y «aliviado en parte» por la absolución de los delitos de asesinato, dos de agresión sexual –uno como autor directo y otro por facilitar la agresión sexual perpetrada por Miguel Carcaño–, profanación de cadáveres y contra la integridad moral.

No obstante, ha aseverado que, según le cuenta su cliente, éste «se está comiendo un marrón que no es suyo», ya que el ‘Cuco’ «insiste en que esa noche no estuvo en el piso de León XIII» donde tuvo lugar el crimen de Marta del Castillo, y que las declaraciones realizadas ante la Policía, el fiscal de Menores y el Juzgado de Instrucción número 4 en las que se autoinculpó en la desaparición del cuerpo de la víctima, las hizo tras recibir «presiones» por parte de los agentes del Grupo de Menores (Grume) del Cuerpo Nacional de Policía.

Asimismo, Fernando de Pablo ha anunciado que recurrirá la sentencia ante la Audiencia Provincial de Sevilla en el punto en el que condena a su cliente por un delito de encubrimiento, que «es la parte quizás más débil» del fallo, a pesar de lo cual ha opinado que la sentencia, en su mayor parte, «está muy sustanciada y trabajada y dice cosas enormemente razonables».

LA SENTENCIA

Y es que el juez de Menores número 1 de Sevilla, Alejandro Vián, ha absuelto al menor conocido como el ‘Cuco’ de la violación y el asesinato de la joven sevillana Marta del Castillo y lo ha condenado únicamente por un delito de encubrimiento a tres años de internamiento en régimen cerrado, debiendo cumplir dos años y once meses en centro cerrado y el último mes en libertad vigilada, todo ello al tiempo que ha criticado que «no ha querido desvelar» el paradero del cadáver.

En el fallo, consultado por Europa Press, el juez hace un relato de los hechos y considera probado que en la tarde del día 24 de enero de 2009 Miguel Carcaño se dirigió junto con Marta al piso de León XIII donde tuvo lugar el crimen, y una vez allí dio muerte a la joven, tras todo lo cual llamó por teléfono móvil al ‘Cuco’ y «a otra persona mayor de edad» –Samuel Benítez– para que acudieran al domicilio. El menor, entonces, fue a su casa, donde había quedado con Samuel, y cogió el coche propiedad de su madre, tras lo que fueron al piso de León XIII.

Una vez allí, según prosigue el juez, el menor y Samuel se encontraron con Miguel y su hermano Francisco Javier Delgado junto al cuerpo sin vida de Marta. Así, el ‘Cuco’ y los tres adultos decidieron, «actuando de mutuo acuerdo y con la finalidad de evitar que se descubriera la muerte, hacer desaparecer el cuerpo», por lo que «con este propósito, en una hora no determinada de la madrugada del día 25, el menor, auxiliado» por Samuel, «sacó a peso el cuerpo mientras Miguel sacaba una silla de ruedas al exterior del inmueble».

TRASLADO DEL CUERPO

Añade que, «tan pronto como las condiciones del inmueble lo permitieron, colocaron el cuerpo de Marta en la silla de ruedas y lo trasladaron hasta el lugar donde estaba el vehículo de la madre del menor, introduciendo el cuerpo tumbado en los asientos traseros y montándose en el coche» el menor y Samuel, todo ello en tanto en cuanto Miguel se montaba en su ciclomotor y seguía al vehículo «hasta un lugar no determinado y dando al cuerpo un destino que a día de hoy se ignora completamente».

Por todo ello, el juez considera que «no ha quedado debidamente acreditado o probado que el menor penetrara vaginalmente a Marta, ni que ayudara a otra persona mayor de edad a hacer lo mismo, e igualmente tampoco ha quedado debidamente acreditado o probado que el menor participara en la muerte».

Asimismo, se refiere a la detección de una mezcla «perfecta» de perfiles genéticos de Marta y del menor en el suelo y junto a la mesa de escritorio del dormitorio de Miguel, justo en el lugar donde se produjeron los hechos, pero asevera que esa mezcla «lo único que acredita de manera irrefutable es que el menor estuvo presente en el piso de León XIII el día que sucedieron los hechos y que tuvo contacto con el cuerpo, pero desgraciadamente el cuerpo no ha aparecido y no se ha podido practicar la autopsia».

«PLENA CONVICCION» DE QUE SABE DONDE ESTA EL CUERPO

Respecto al delito contra la integridad moral que le imputa la Fiscalía, dice que el menor «no ha querido desvelar el lugar o destino que dieron al cuerpo de Marta, cuando este juzgador tiene la plena convicción de que conoce el lugar exacto en el que se encuentra el cuerpo o el destino que dieron al mismo, o cuando menos dispone de datos ciertos que podrían llevar al lugar en el se encuentra el cuerpo». «El menor, con su actitud de no revelar el destino o paradero del cuerpo, está ejerciendo –de manera abusiva o desproporcionada– los derechos constitucionales que le amparan», apostilla.

Por último, y respecto a la indemnización de 616.319,27 euros que solicitaba la Fiscalía a favor del Ministerio del Interior por el gasto en las distintas labores de búsqueda, el juez lo rechaza ya que el menor ha sido declarado responsable de un delito de encubrimiento, el cual «no se configura como una forma de participación en el delito, sino como un delito autónomo contra la Administración de Justicia, de manera que difícilmente puede generar una obligación civil a favor del Ministerio del Interior».

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