Gobierno y sindicatos alcanzan un acuerdo para integrar a los trabajadores del hogar en el régimen general

Gobierno y los sindicatos CC.OO. y UGT han alcanzado un principio de acuerdo para integrar desde el 1 de enero de 2012 a las empleadas de hogar en el régimen general de la Seguridad Social, que el Grupo Socialista en el Congreso de los Diputados tratará de introducir vía enmienda en la reforma de las pensiones, durante la votación que tendrá lugar esta mañana, según informó Trabajo.

Este pacto sólo afectará a las cuestiones relacionadas con cotizaciones y prestaciones de estos empleados y no al ámbito de las relaciones laborales, que podrá articularse a través de normas de rango reglamentario.

Según lo acordado, las personas que trabajen como empleadas de hogar al ser dadas de alta en la Seguridad Social deben tener un contrato en el que como mínimo se estipule el número de horas de trabajo semanales, salario mensual o por hora, salario en especie, si existe o no pacto de horas de presencia y su retribución, si existe o no pacto de pernoctación y su retribución, y el número de cuenta bancaria del titular del hogar familiar donde domiciliar la cotización.

En caso de baja de la actividad laboral, a partir del noveno día la incapacidad temporal corre a cargo de la Seguridad Social, los empleadores pagarán desde el cuarto día hasta el noveno. Actualmente la Seguridad Social paga la incapacidad Temporal de las empleadas de hogar a partir del día 25.

El cambio normativo entrará en vigor el 1 de enero de 2012 y se da un plazo de seis meses naturales para que las empleadas y los titulares de hogares familiares puedan adaptarse a la nueva situación con lo que la integración será plena a partir del 1 de julio de 2012. Además, se establece un periodo transitorio hasta 2019 para que la adaptación no sea lesiva para los empleadores ni tenga consecuencias sobre el empleo.

Asimsimo, los titulares de hogares familiares están obligados a presentar las solicitudes de afiliciación, altas y bajas y las variaciones de datos. Cuando el titular del hogar incumpla esta obligación los empleados de hogar podrán solicitar su afiliación y/o alta en las administraciones de la Tesorería General de la Seguridad Social. Cuando se trabaje para más de un empleador, cada uno de ellos deberá solicitar el alta.

COTIZACIONES.

En el ámbito de las cotizaciones, se establece una escala tarifada de quince tramos de cotización en función de los salarios percibidos, con cuotas que van desde 19,84 euros al mes por 20 horas de trabajo a la máxima de 164,60 euros al mes para la jornada completa. Esta distribución tiene la ventaja en relación con la situación actual de cotizar en función de las horas efectivamente trabajadas.

A partir de 2019 se completará la equiparación de la cotización de las empleadas de hogar con la base mínima de cotización de Régimen General y se cotizará por salarios reales.

Los titulares de hogares familiares si contratan a una empleada de hogar cotizan por contingencias comunes un 18,30% sobre un tipo del 22%, el resto corresponde a la empleada, y un 1,10% por contingencias profesionales.

En el Régimen General el tipo de cotización por contingencias comunes en 2011 es de un 28,30% y al empleador corresponde un 23,60%. Las familias numerosas tendrán bonificaciones sobre la cuota que les corresponda por contratar empleadas de hogar.

Por último, en el caso de que se contrate una empleada de hogar a través de una empresa dedicada a esta actividad, será la empresa quien se encargue de la cotización

CASI 700.000 NUEVOS COTIZANTES.

Según precisaron fuentes sindicales, hay más de 700.000 empleados del hogar en España, según la Encuesta de Población Activa (EPA) correspondiente al primer trimestre del año, de los que el 93% son mujeres y casi un tercio extranjeros. De estas personas, sólo 290.000 cotizan actualmente.

Con este principio de acuerdo se da cumplimiento a un compromiso que el Gobierno arrastra desde el acuerdo de las pensiones de 2006 y que incluso fue incluido en el Acuerdo Social y Económico (ASE) del pasado 2 de febrero.

Además, de esta forma prácticamente concluye el mandato del Pacto de Toledo de integración de los distintos regímenes existentes en el régimen general y en el régimen de autónomos, después de que se hayan integrado los agricultores por cuenta propia en éste último y esté en trámite parlamentario el proyecto de ley de inclusión de los agricultores por cuenta ajena en el régimen general.

Desde los sindicatos, se había alertado de la necesidad de introducir esta modificación en la reforma de las pensiones, puesto que de no hacerlo se corría el riesgo de que la integración no se materializase hasta la próxima legislatura.

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