Madrid. Gallardón propone la desaparición del IBI e integrarlo en el IRPF

El alcalde de Madrid, Alberto Ruiz-Gallardón, confirmó este jueves la intención de su Gobierno de proponer a la Administración central que el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) desaparezca para las personas físicas y pase a integrarse en el IRPF, tal como ayer avanzó Juan Bravo, delegado de Hacienda.

Según informa el Ayuntamiento, esta modificación legal permitiría tener en cuenta la capacidad económica del contribuyente sin socavar la recaudación. «Se trata» dijo el alcalde, «de introducir un criterio social en el IBI».

Así, el regidor madrileño indicó, en la rueda de prensa posterior a la Junta de Gobierno, que en lugar de afrontar el tributo en un solo pago, algo que resulta más gravoso para la economía familiar, se realizará vía retención del IRPF cada mes.

En definitiva, la propuesta técnica, según explicó el alcalde, consistiría en suprimir el IBI para las personas físicas, de forma similar a como hizo el Gobierno de José María Aznar con el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en 2003, aunque la recaudación de la tasa municipal se obtendría a través del IRPF. «Esta desaparición del IBI es coherente con la supresión del Impuesto sobre el Patrimonio que se llevó a cabo en 2008, que afectaba a las personas físicas», subrayó.

NO HAY RECARGO

Según explicó ayer Bravo en el transcurso del Pleno, no se trata de establecer ningún recargo en el IRPF, sino de incorporar a este impuesto un importe de renta equivalente a la cuota que representaría el IBI.

Esta propuesta podría articularse, por ejemplo, mediante la imputación de una renta teórica para todos los inmuebles, adicional a la que hoy se aplica exclusivamente en IRPF a los no arrendados y que no sea la vivienda habitual (el 1,1% sobre el valor catastral actual).

De esta manera, todos los inmuebles de un determinado contribuyente generarían una imputación de renta teórica en IRPF, aplicando el porcentaje de imputación que decidiera el municipio (entre un mínimo y un máximo) sobre el valor catastral del inmueble, por lo que la colaboración de la Dirección General del Catastro seguiría siendo fundamental.

Esta renta teórica de cada inmueble podría ser gravada, por ejemplo, al tipo medio del IRPF del contribuyente y el importe resultante iría destinado en su integridad al municipio correspondiente. O, si se prefiere, podría gravarse con una tarifa especial.

Por tanto, al integrarse en renta se tendría en cuenta la capacidad económica, el nivel de ingresos, las circunstancias personales y familiares, etc., del contribuyente.

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