Juzgan este jueves en Granada a dos hermanos que discutieron y se dispararon mutuamente

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Granada acoge este jueves y viernes el juicio contra dos hermanos que discutieron y acabaron por dispararse mutuamente en el domicilio de uno de ellos, en la plaza Rey Badis de Granada, en la tarde del 25 de agosto de 2008, hechos por los que se enfrentan a penas de hasta siete años y diez meses de prisión.

Según consta en el escrito de acusación provisional del Ministerio Público, al que ha tenido acceso Europa Press, aquel día Juan José G.R., de 40 años, que había acudido, en compañía de su hija de 18 años embarazada de siete meses, a la vivienda de su hermano Israel, de 32, inició una fuerte discusión con su familiar.

En el curso de la riña, los dos hermanos se dispararon mutuamente, Israel sobre Juan José con una escopeta, con la que abrió fuego en varias ocasiones; y Juan José con una arma de fuego no identificada contra Israel, también varias veces; los dos, considera el fiscal, «con la clara intención de acabar el uno contra la vida del otro», aunque ninguno de los disparos impactó contra ellos.

Tras el tiroteo, Juan José lanzó un ladrillo contra el coche de la esposa de su hermano, y, posteriormente, se personaron en la zona agentes de Policía, que pudieron comprobar cómo el otro se dirigía hacia su hermano portando una barra metálica terminada en una afilada punta con la que trató de agredirle al tiempo que le gritaba «¡Te tengo que matar!», propósito que no consiguió por la intervención policial.

Israel, que tenía autorización para la tenencia de armas de fuego (al contrario que su hermano), se enfrenta a un total de siete años y diez meses de prisión por los delitos de homicidio en grado de tentativa, amenazas en el ámbito familiar y tenencia ilícita de armas, con la agravante mixta de parentesco, que también concurre en su hermano Juan José, que hace frente a siete años y medio de prisión y multa de 3.240 euros por los delitos de homicidio en grado de tentativa, otro de daños y un tercero de tenencia ilícita de armas. De ser condenados, ninguno de los dos podrá acercarse al otro por un periodo de doce años en un caso y de diez en el otro.

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Autor

Irene Ramirez

Irene Ramirez. Responsable de campañas en Grand Step. Fue redactora de Periodista Digital entre 2012 y 2013.

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