La víctima sufrió lesiones en la cara y los genitales por parte de los menores

Una adolescente de 16 años sufre una violación grupal en Valencia

La agresión se produjo en el mes de julio por parte de cuatro varones, dos de ellos menores

Una adolescente de 16 años sufre una violación grupal en Valencia
Agresión sexual PD

Una nueva agresión sexual sacude a España.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Massamagrell (Valencia) investiga un supuesto caso de abuso sexual cometido contra una menor de 16 años el pasado mes de julio

Los hechos fueron realizados presuntamente por cuatro varones (dos de ellos menores de edad) que quedaron en libertad tras declarar ante la Guardia Civil.

Según han informado fuentes judiciales, el juez abrió diligencias contra los dos adultos (los menores no son competencia del juzgado, sino de la Fiscalía especializada) tras recibir un atestado de la Guardia Civil.

Varios medios de comunicación han informado recientemente de que el suceso se produjo el pasado 8 de julio en una urbanización de esta misma localidad de la comarca de l’Horta Nord.

La menor sufrió lesiones en la cara y los genitales por parte de los menores, que al parecer fueron quienes consumaron el abuso, instigados por los adultos.

El juez instructor citó a los dos adultos implicados, que ya estaban en situación de libertad, a finales del pasado mes de agosto a fin de que prestaran declaración en calidad de investigados, como supuestos inductores de un delito de abuso sexual.

El juez dictó un auto denegando la convocatoria de esa comparecencia por considerar que no concurrían los requisitos legales para enviar a prisión preventiva, es decir, que no observó riesgo de fuga ni de destrucción de pruebas por parte de los investigados, ni tampoco la existencia de una situación de riesgo para la víctima.

Ese auto ha sido recurrido por las acusaciones particulares en apelación, ante la Audiencia Provincial, han informado las mismas fuentes, que añaden que el juez no ha recibido en todo este tiempo solicitud de medida cautelar alguna como alejamiento o prohibición de comunicación, sino únicamente la solicitud de la convocatoria de comparecencia de prisión antes mencionada.

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